Oaxaca de Juárez, Oax.- En Sesión Pública, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (IAIPO) resolvió 47 recursos de revisión interpuestos por ciudadanos que se inconformaron ante la respuesta o falta de la misma a su solicitudes de información
Los recursos de revisión atendidos por el Pleno del Órgano garante involucraron al Instituto de la Función Registral, Secretaría de Vialidad y Transporte (SEVITRA), Secretaría de Administración, Comisión Estatal de Vivienda (CEVI), Instituto Estatal de Ecología y Desarrollo Sustentable (IEEDS), Colegio Superior para la Educación Integral Intercultural de Oaxaca (CSEIIO), Secretaría de la Mujer Oaxaqueña (SMO), Comisión de la Verdad (CVO), Coordinación General del Comité Estatal de Planeación para el Desarrollo de Oaxaca (COPLADE), Consejería Jurídica del Gobierno del Estado, y a los Ayuntamientos de Santa María Huatulco, San Juan Bautista Tuxtepec y Oaxaca de Juárez.
En los recursos de revisión 170, 171, 173, 174, 176, 177, 178, 180, 181, 183, 184, 186, 187, 192, 194, 195, 197, 198, 201, 202, 203, 204, 206, 207, 210, 211, 213, 216, 217 y 218 todos del año 2017 y correspondientes a la Secretaría de Vialidad y Transporte, el Consejo General del IAIPO determinó que este Sujeto obligado deberá entregar versiones públicas en copias certificadas de los documentos que contienen el alta del vehículo y tarjeta de circulación para la prestación del servicio público de alquiler en su modalidad de taxi para la población de Huajuapan de León expedido por la propia SEVITRA señalado en cada una de las solicitudes de información que originaron los recursos de revisión.
En lo que respecta a los recursos de revisión 235/2017 y 238/2017, promovidos en contra del Registro Público de la Propiedad, debido a la falta de respuesta a dos solicitudes de información, el Pleno del IAIPO ordenó al Instituto de la Función Registral a entregar información solicitada al extinto Registro Público de la Propiedad, pues éste asumió sus funciones y obligaciones.
Al atender el recurso de revisión 086/2017, el Pleno del Órgano garante ordenó a la Secretaría de Administración a que informe los nombres de las personas que laboran en esta dependencia ya sean de base o de confianza, honorarios o cualquier tipo, así como la remuneración correspondiente y la función o actividades que realiza cada uno.
En este caso, el Pleno del IAIPO consideró que, aunque la Secretaría de Administración manifestó que la información solicitada es de carácter confidencial, no es así, pues se trata de información de naturaleza pública señalada en el Artículo 70 de la Ley General de Transparencia.
Al resolver el asunto 226/2017, ante la falta de respuesta a la solicitud de información y la falta de atención dentro del término legal durante la tramitación del recurso de revisión, el Consejo General ordenó al Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec a que entregue la información solicitada cubriendo el costo de reproducción que pueda generarse.
En los asuntos 135/2017 y 140/2017 correspondientes al Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez, el Pleno del IAIPO completar la información faltante. En el primero de ellos, el Ayuntamiento capitalino debe informar sobre los tipos de cajones/balizados por los que se tenga que tramitar un permiso; y en el segundo asunto, debe proporcionar informes de resultados de las actividades programadas para 2017 por la Jefatura de Diversidad Sexual.
En la resolución al recurso de revisión 230/2017, el Consejo General del IAIPO ordenó al Ayuntamiento de Santa María Huatulco a que proporcione información sobre la remuneración bruta incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación de todo el cabildo. Asimismo, debe informar si cuentan con servicio médico y en qué institución reciben atención.
Al atender el asunto 165/2017 interpuesto en contra de la Comisión Estatal de Vivienda del Estado de Oaxaca, el Consejo General del IAIPO ordenó a que proporcione la información solicitada en archivo Word en español, asimismo, realice las gestiones necesarias a efecto de que la información solicitada pueda ser entregada en la lengua indígena solicitada, remitiendo a este Órgano garante copia de las gestiones realizadas así como de la respuesta obtenida a dicha gestión la cual en caso de ser posible la traducción a dicha lengua.
En el caso 053/2017 correspondiente al Instituto Estatal de Ecología y Desarrollo Sustentable (IEEDS), el Consejo General del IAIPO ordenó a este organismo la entrega de la declaratoria de inexistencia de información respecto a las empresas eólicas ubicadas en el Istmo de Tehuantepec.
Finalmente, los recursos de revisión 262/2017, 097/2017, 331/2017, 026/2017, 077/2017, 096/2017, 147/2017 y 152/2017 correspondientes al Colegio Superior para la Educación Integral Intercultural de Oaxaca, Secretaría de la Mujer Oaxaqueña (SMO), Comisión de la Verdad, SEVITRA, Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez, Coordinación General del Comité Estatal de Planeación para el Desarrollo de Oaxaca, Consejería Jurídica del Gobierno del Estado y de la Comisión Estatal de Vivienda, fueron declarados sobreseídos debido a que los Sujetos obligados acreditaron entrega de información en tiempo y forma, modificaron su acto y entregaron la información o bien el recurso de revisión es improcedente.
En la Sesión Ordinaria, el Pleno del IAIPO también aprobó un acuerdo de amonestación pública como medida de apremio al titular de la Unidad de Transparencia del Honorable Ayuntamiento de Matías Romero, por no cumplir con las obligaciones para entregar información solicitada por ciudadanos. En este espacio, también el Pleno emitió una recomendación a la Secretaría de Seguridad Pública para que adopte las medidas necesarias para la protección y manejo adecuado de los datos personales.
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