Se sobreseyeron recursos de revisión, porque IMO y Santa María del Tule entregaron información a solicitante

Por unanimidad de votos, el Pleno del Consejo General del Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública (IEAIP) de Oaxaca, integrado por los Comisionados Genaro Vásquez Colmenares, Raúl Ávila Ortiz y Alicia Aguilar Castro, resolvió sobreseer tres Recursos de Revisión interpuestos contra el Instituto de la Mujer Oaxaqueña (IMO) y uno contra el Municipio de Santa María del Tule, en vista de que los Sujetos Obligados cumplieron con informar a los solicitantes a su entera satisfacción, antes de que dicho Consejo resolviera su fallo.

 Sesión Pública IMO Tule 1

La decisión se fundamentó por lo previsto en el artículo 75, fracción IV, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y 49, fracción IV del Reglamento Interior.

 

Los Recursos de Revisión se integraron en vista de que los Sujetos Obligados no respondieron en los tiempos y formas previstos por la Ley. Sin embargo, de manera extemporánea, y antes de que los Comisionados llegaran a alguna resolución, los Sujetos Obligados contestaron los cuestionamientos de los Solicitantes.

 Sesión Pública IMO Tule 2

En el caso del Municipio de Santa María del Tule, la información solicitada se refirió a temas de usos y costumbres, gestión municipal y a la población “originaria” y “avecindada”.

 

A su vez, el IMO recibió preguntas respecto al organigrama y funciones de la Unidad de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia de Género, entre otras preguntas.

 

Cabe señalar que las cuatro Solicitudes de Información que dieron pie a los Recursos de Revisión se realizaron por Internet mediante el Sistema de Acceso a la Información Pública (SIEAIP).  Por tal motivo, tanto los Sujetos Obligados como los Recurrentes fueron notificados vía el correo electrónico señalado en el SIEAIP.

Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca.

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