AYUNTAMIENTOS DEBEN ATENDER SOLICITUDES DE INFORMACIÓN: IAIPO

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Oaxaca de Juárez, Oax.- En la Décima Sesión Ordinaria, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (IAIPO), resolvió Recursos de Revisión interpuestos contra los Ayuntamientos de San Juan Bautista Tuxtepec y Santa Cruz Xoxocotlán.

En la Sesión Pública, el Consejo General del IAIPO advirtió que los Sujetos obligados, en este caso los Ayuntamientos, tienen el deber de proporcionar respuesta a las solicitudes de información que plantee un interesado, ya sea entregándole la información pedida o bien informándole de forma fundada y motivada la negativa, ya sea por su inexistencia, reserva o clasificación.

Al resolver el Recurso de Revisión 121/2017, el recurrente se inconformó porque el Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec no le otorgó información relativa a la lista con los nombres de los empleados de confianza del Ayuntamiento, así como el área a la que están adscritos, categoría y tabulador salarial.

Ante la falta de respuesta por parte del Sujeto obligado, y porque se trata de información que el Ayuntamiento debe publicar sin que haya de por medio una solicitud de información, el Consejo General del IAIPO ordenó la entrega total de la información y documentales requeridas por el solicitante.

Mientras que en el Recurso de Revisión 042/2017, el recurrente se inconformó con la respuesta otorgada por el Ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán, referente a las obras públicas que fueron asignadas a la agencia de Jesús Nazareno en el periodo 2014-2016, como lo son su ubicación, tiempos de ejecución y entrega, así como el origen de los recursos públicos, pues según el Sujeto obligado, dicha información no obra en los archivos del Ayuntamiento por no haber hecho entrega la administración anterior.

Sin embargo, el Sujeto obligado solo hizo la manifestación al solicitante de que no tenía la información, sin realizar la declaratoria de inexistencia de la información debidamente confirmada por su Unidad de Transparencia, por lo que debe entregar la misma para brindar certeza y legalidad jurídica a la respuesta.

Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca.

Publicado en General

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