RESUELVE CONSEJO GENERAL DEL IAIPO RECURSOS DE REVISIÓN

SESIONWEB

Oaxaca de Juárez, Oax.- En Sesión Pública, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (IAIPO) resolvió 20 recursos de revisión, garantizando el derecho de acceso a la información de los solicitantes.

Los recursos de revisión involucraron a diversos entes de la administración pública como la Fiscalía General del Estado (FGE), Secretaría de Economía (SE), Archivo General del Estado de Oaxaca (AGEO), Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), Hospital de la Niñez Oaxaqueña (HNO), Secretaría de Seguridad Pública (SSPO), Comisión de la Verdad del Estado de Oaxaca (CVO), Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca (UABJO), Secretaría de Turismo y Desarrollo Económico (STyDE), Servicios de Salud de Oaxaca (SSO), Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, y Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Oaxaca (DIF), así como de los Ayuntamientos de Santo Tomás Tamazulapan, Santa Cruz Xoxocotlán y San Juan Bautista Tuxtepec.

Como parte del orden el día, el Pleno del IAIPO determinó que la Secretaría de Economía debe dar a conocer teléfonos oficiales de los servidores públicos, tanto las líneas telefónicas fijas como las de celular que son para uso oficial, suministradas con recursos públicos, las cuales deben estar sujetas al escrutinio público, esto al resolver el Recurso de Revisión 087/2017.

Al atender el Recurso de Revisión 124/2017 de la Fiscalía General del Estado, el Consejo General del IAIPO determinó que ésta debe entregar información referente a la intervención de comunicaciones privadas, así como copia de las correspondientes en versión pública; debiendo precisar el costo que en su caso pueda generarse.

Ante la desincorporación del Archivo General del Estado de Oaxaca del padrón de Sujetos Obligados, al resolver el Recurso de Revisión 090/2017, el Consejo  General del IAIPO determinó fundado el motivo de inconformidad del recurrente y por lo tanto la Secretaría de Administración deberá dar a conocer el directorio de servidores públicos del AGEO.

Del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca, se resolvieron dos Recursos de Revisión, el 072/2017 y el 037/2017. En el primero de ellos, el Consejo General del Órgano garante determinó que el IEEPO debe entregar el directorio completo de servidores públicos; mientras que en el segundo asunto, se ordenó al IEEPO entregar acuerdo de reserva de la información fundado a través de prueba de daño sobre regularización de situación laboral.

En el caso del Recurso de Revisión 009/2017, el IAIPO determinó que el Hospital de la Niñez Oaxaqueña debe realizar declaratoria de inexistencia de información sobre compra de medicamentos de 2011 a 2013.

Asimismo, en la resolución al Recurso de Revisión 057/2017, el Pleno del IAIPO determinó que la Secretaría de Seguridad pública debe realizar la declaratoria de inexistencia de la información avalada por su Comité de Transparencia.

En cuanto a los recursos de Revisión 235/2016 y 233/2016 correspondientes a la Comisión de la Verdad del Estado de Oaxaca (CVO), fueron declarados sobreseídos debido a la extinción del Sujeto obligado, sin embargo, el Consejo General del IAIPO recomendó a la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental (SCTG) señalar qué dependencia brindará el Acceso a la Información sobre documentos generados por la CVO.

En la Sesión del Pleno también fueron sobreseídos los recursos de revisión 060/2017 del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca, 279/2016 de la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca, 288/2016 de la Secretaría de Turismo y Desarrollo Económico, 270/2016, 068/2017 de Servicios de Salud de Oaxaca, 047/2017 del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, y 050/2017 del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Oaxaca, debido a que ante la entrega de la información, los recurrentes manifestaron su desistimiento.

Transparencia municipal

En cuanto a los Recursos de Revisión en contra de los ayuntamiento, el Pleno del IAIPO determinó que el Ayuntamiento de Santo Tomás Tamazulapan, Miahuatlán, al resolver dos recursos de revisión, el 115/2017 y el 117/2017, en el primero de ellos, se determinó que el Ayuntamiento debe entregar la información solicitada cubriendo el costo de reproducción y en el segundo, se resolvió que el Sujeto Obligado debe informar sobre gastos de gasolina y viáticos y entregar copia certificada de su nómina.

En atención al Recurso de Revisión 114/2017, el Consejo General del IAIPO determinó que el Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec debe entregar padrón de contratistas, así como nombres y domicilios fiscales de los proveedores, pues se trata de información de acceso público.

En el caso del Ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán, identificado con el folio 043/2017, el Pleno del IAIPO ordenó al Sujeto obligado realizar la declaratoria de inexistencia de información sobre predio adquirido por la Agencia Jesús Nazareno, para brindar certeza jurídica al recurrente.

Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca.

Publicado en General

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos necesarios están marcados *

*

Categorías

Archivo