LLAMA IAIPO A SUJETOS OBLIGADOS ENTREGAR INFORMACIÓN

SESIÓN16IAIPO

  • IAIPO reforzara las medidas de cumplimento en las solicitudes de información
  • En la XVI Sesión Ordinaria del Pleno se resolvieron 19 Recursos de Revisión
  • Sevitra y Tuxtepec deben entregar información

Oaxaca de Juárez, Oax.- El Consejo General de Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (IAIPO), en Sesión Pública dio resolución a 19 Recursos de Revisión interpuestos por ciudadanos ante la falta de respuesta o falta de la misma a sus solicitudes de información.

En la XVI Sesión Ordinaria celebrada, se atendieron siete Recursos de Revisión correspondientes a la ponencia del comisionado Juan Gómez Pérez, tres Recursos de Revisión de la ponencia del comisionado Francisco Álvarez Figueroa, y nueve correspondientes a la ponencia del comisionado Presidente Abraham Soriano Reyes.

Los sujetos obligados involucrados en los recursos de revisión corresponden a la Secretaría General de Gobierno (SEGEGO), Secretaría de Vialidad y Transporte (SEVITRA), Instituto Oaxaqueño de las Artesanías (IOA), Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, Coordinación General de Comunicación Social, Municipio de Santo Tomás Tamazulapan y los Ayuntamientos de San Juan Bautista Tuxtepec y San Agustín de las Juntas.

En la Resolución de los Recursos de Revisión 292/2017 y 316/2017 correspondientes al Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec, el Consejo General del IAIPO ordenó proporcionar de forma veraz el acceso a la información pública de oficio. En el primero de ellos, el Ayuntamiento debe informar sobre los puestos de la administración 2017-2018; en el segundo, debe proporcionar la información y documentos solicitados por el Recurrente en su solicitud de información emitida a través del Sistema Infomex Oaxaca.

En el Recurso de Revisión 223/2017 interpuesto en contra del Ayuntamiento de San Agustín de la Juntas, el Pleno del IAIPO estableció que dicho Ayuntamiento debe entregar el expediente técnico de los sanitarios públicos así como diversos documentos del referido contrato de obra del municipio en mención.

En el asunto 335/2017 correspondiente al Municipio de Santo Tomas Tamazupalan, Miahuatlán, Oaxaca, el pleno del IAIPO ordenó entregar copias certificadas del contrato de obra, denominada “ampliación de la red de energía eléctrica” y copia certificada de la Fianza de Anticipo de la obra denominada ampliación de la energía eléctrica.

Al resolver los asuntos 199/2017, 179/2017, 182/2017, 188/2017, 200/2017, 209/2017, 212/2017 y 215/2017 correspondientes a la Secretaría de Vialidad y Transporte, el Consejo General de IAIPO ordenó la entregar la información correspondiente. En el primero  se establece que Sevitra debe entregar copia certificada del documento público que contiene el alta del vehículo para la prestación del servicio público de alquiler en su modalidad de taxi.

Mientras que, para el segundo asunto, se ordenó a la Sevitra haga entrega en versión pública copia certificada de la tarjeta de circulación del vehículo autorizado para prestar el servicio público de alquiler taxi en la ciudad de Huajuapan de León Oaxaca.

Al atender el Recurso de Revisión 123/2017 interpuesto en contra de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Oaxaca, el Órgano garante determinó que se debe proporcionar la información acerca del reglamento interno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del estado vigente, el órgano u órganos de control interno y su domicilio, las facultades de los órganos de control interno y el manual de procedimientos para la investigación de faltas a la función pública de los funcionarios públicos adscritos.

En el caso 336/2017, ante la falta de respuesta, el Pleno del IAIPO ordenó a la Coordinación General de Comunicación Social del Estado de Oaxaca, informar los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña.

Para los Recursos de Revisión 091/2017, 265/2017, 134/2017, y 144/2017 correspondientes a la Secretaría General de Gobierno, Secretaría de Vialidad y Transporte, y el Instituto Oaxaqueño de las Artesanías, fueron declarados sobreseídos ya que los Sujetos obligados acreditaron entrega de información en tiempo y forma, modificaron su acto y entregaron la información o bien el recurso de revisión es improcedente.

Finalmente, en la Sesión Ordinaria, el Consejo General del Órgano Garante, señaló que se reforzarán esfuerzos para que los Sujetos obligados cumplan de manera oportuna con las respuestas a las solicitudes de información, por lo que llamaron a la Sevitra y Municipio de San Juan Bautista Tuxtepec dar respuesta a las solicitudes de información.

Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca.

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