Reserva gobierno federal información sobre la carretera Oaxaca-Costa

• Caminos y Aeropistas de Oaxaca sin posibilidad de entregar información al respecto a un solicitante

En Sesión Pública de Resolución, el Consejo General del Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública (IEAIP) de Oaxaca resolvió dos recursos de revisión que involucraron a Caminos y Aeropistas de Oaxaca (CAO) y al municipio de San Juan Mixtepec.
Durante la sesión se dio a conocer que CAO no respondió a la solicitud de información relativa a “los nombres de las personas propietarias de terrenos por los que pasará la carretera Oaxaca-Costa, la documentación comprobatoria de su propiedad, y el monto económico que se les entregó por afectaciones de la obra”, debido a que los documentos que contienen la misma fueron clasificados desde el año 2007 como “Información reservada” por el Instituto de Administración y Avalúo de Bienes Nacionales, motivo por el cual ni la misma dependencia estatal tiene acceso a la misma.
Consejo General del IEAIP Sesión Pública
Los Comisionados del IEAIP, Genaro Vásquez Colmenares (Presidente), Alicia Aguilar Castro, y Raúl Ávila Ortiz, deliberaron que efectivamente se trata de información es reservada, pero coincidieron en que CAO debe fundamentar apropiadamente los argumentos de la negativa a proporcionar dicha información, basándose en la fracción III del artículo 17 de la Ley de Transparencia estatal, que a la letra indica: “la información que otros estados u organismo internacionales entreguen con carácter de reservado a los Sujetos Obligados continuarán en esa clasificación”.
Sesión Pública sobre CAO
Y, debido a que en el ámbito estatal esta solicitud no puede ser respondida, el IEAIP dejó a salvo el Derecho de Acceso a la Información del recurrente para que solicite a la federación, a través del Sistema Infomex, una versión pública de los documentos solicitado a CAO.
En el caso del Municipio de San Juan Mixtepec, los Comisionados resolvieron que este sujeto obligado debe entregar en un plazo de 10 días hábiles –y asumiendo el costo de las copias simples-, la información que el recurrente solicitó y que corresponde a las 20 fracciones del Artículo 9 y a las 12 del Artículo 16 de la Ley de Transparencia en Oaxaca, denominada Información Pública de Oficio, que debe estar a disposición de toda persona sin que medie solicitud alguna.
Sesión Pública sobre San Juan Mixtepec

Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca.

Publicado en General
Un comentario en “Reserva gobierno federal información sobre la carretera Oaxaca-Costa
  1. JESUS dice:

    ¿cuándo publican el contenido integro del recurso de revisión?

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