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INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO. LA QUE SE CONSIDERE UTIL Y RELEVANTE, PUEDE SER JUSTIFICADA
COMO TAL EN LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA APROBADA POR EL ÓRGANO GARANTE.
INFORMACIÓN DE ACCESO PÚBLICO. CORRESPONDE A ESTA CALIDAD LA
RELATIVA AL DIRECTORIO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS INFERIORES AL
NIVEL DE JEFE DE DEPARTAMENTO O SU EQUIVALENTE.
INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. LAS DECLARACIONES PATRIMONIALES DE LOS
SERVIDORES PÚBLICOS SE MANTIENEN EN ESA CONDICIÓN LEGAL AUN
CUANDO ÉSTOS DEJEN DE PRESTAR SUS SERVICIOS AL ESTADO.
INFORMACIÓN RESERVADA. NO PROCEDE SU ENTREGA, NI SIQUIERA AL
SOLICITANTE, CUANDO SE ENCUENTRA AFECTADA A UN PROCEDIMIENTO
LABORAL EN QUE ÉSTE PARTICIPA.
INFORMACIÓN DE ACCESO PÚBLICO. SU CALIDAD DE COMPRENSIBLE
DEBE ENTENDERSE EN EL CONTEXTO DE LA ESPECIALIDAD Y GRADO
TÉCNICO DEL LENGUAJE CON
QUE SE PRESENTA LA SOLICITUD.
COMPETENCIA PREEMINENTE. LA OFICINA DEL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO
DEL ESTADO DEBE EJERCERLA BAJO CIERTOS SUPUESTOS EN RELACIÓN
CON SUS INFERIORES JERÁRQUICOS.
INFORMACIÓN DE ACCESO PÚBLICO. LOS SUJETOS OBLIGADOS DEBEN
PROPORCIONARLA SI ES CONEXA A SU INFORMACIÓN PÚBLICA
DE OFICIO Y NO VULNERA EL ESTADO DE DERECHO.
INFORMACIÓN DE ACCESO PÚBLICO. LOS SUJETOS OBLIGADOS DEBEN
ENTREGARLA PROCESADA CONFORME A SUS DISPOSICIONES INTERNAS.
RESOLUCIONES DEL INSTITUTO. LA LEGISLACIÓN APLICABLE FACULTA AL
ÓRGANO GARANTE PARA ESTABLECER LOS PLAZOS PARA SU CUMPLIMIENTO.
INFORMACIÓN RESERVADA. SI NO SE FIJA PLAZO EN EL ACUERDO DE
CLASIFICACIÓN,ÉSTE DEBE ENTENDERSE LIMITADO A DIEZ AÑOS, O BIEN, HASTA LA
CONCLUSIÓN DEL PROCESO DELIBERATIVO O LUEGO DE QUE LA RESOLUCIÓN RESPECTIVA
CAUSE ESTADO, EN CUALQUIER CASO MEDIANTE LA DEBIDA FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN
DE LA RESERVA.
TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE OAXACA. SU JERARQUÍ
A LE CARGA CON UNA OBLIGACIÓN Y RESPONSABILIDAD AGRAVADAS EN EL MARCO ORGANIZATIVO
Y FUNCIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL RÉGIMEN DE TRANSPARENCIA.
ACTOS DE SUJETOS OBLIGADOS. ES SU DEBER DOCUMENTARLOS, ESPECIALMENTE
CUANDO OPERAN EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES.
RECURSO DE REVISIÓN. PROCEDE TENERLO POR NO PRESENTADO CUANDO EL
RECURRENTE LO HACE EN SU CARÁCTER DE AUTORIDAD.
UNCIÓN DE ORIENTACIÓN DE LOS SUJETOS OBLIGADOS. ALCANCE DE LA
ATRIBUCIÓN CONSIGNADA EN LOS ARTÍCULOS 44 Y 59 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA
Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE OAXACA.
INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO. SUJETOS OBLIGADOS CON FUNCIONES
JURISDICCIONALES O ANÁLOGAS A LAS DEL PODER JUDICIAL DEBEN CUMPLIR CON PONERLA A DISPOSICIÓN.
DERECHO DEL SOLICITANTE DE INFORMACIÓN. NO ES DE NATURALEZA ABSOLUTA NI
ILIMITADA Y SE RIGE CONFORME CON LA NORMATIVIDAD CONSTITUCIONAL Y LEGAL RECONOCIDA
EN EL ORDEN JURÍDICO MEXICANO.
INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO. EL CUMPLIMIENTO DE ESTA OBLIGACIÓN
ES DE CARÁCTER PROGRESIVO POR LO QUE SUJETOS OBLIGADOS TIENEN COMO
FECHA LÍMITE EL 21 DE JULIO DE 2009 PARA COMPLETARLA Y
PONERLA A DISPOSICIÓN DE LOS SOLICITANTES.
INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO. LOS SUJETOS OBLIGADOS PUEDEN PRIORIZAR
EL ORDEN EN QUE CUMPLAN CON LA OBLIGACIÓN PROGRESIVA DE PUBLICARLA
SIEMPRE QUE LA COMPLETEN A MÁS TARDAR EL 21 DE JULIO DE 2009.
ALCANCE DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. CUANDO LA SOLICITUD
VERSA SOBRE INFORMACIÓN O DOCUMENTACIÓN SUB INDICE EL
SUJETO OBLIGADO NO ESTÁ CONSTREÑIDO A OTORGARLA.
AFIRMATIVA FICTA. REQUISITOS PARA SU APLICACIÓN Y EFECTOS JURÍDICOS QUE PRODUCE.
RECURSO DE REVISIÓN. PROCEDE SU SOBRESEIMIENTO CUANDO EL SUJETO OBLIGADO ENTREGA
LA INFORMACIÓN DURANTE EL PERÍODO DE INSTRUCCIÓN,SIEMPRE Y CUANDO EL
RECURRENTE MANIFIESTE SU CONFORMIDAD CON LA MISMA.
RECEPCIÓN Y TURNO DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN A LOS SUJETOS OBLIGADOS.
EL INSTITUTO ESTATAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE OAXACA
ESTÁ FACULTADO PARA ESE EFECTO EN EJERCICIO DE SU ATRIBUCIÓN DE AUXILIO.
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Lineamientos para la Aprobación de Criterios Jurídicos derivados de los Recursos de Revisión substanciados por la Cotaipo

Lineamientos para el establecimiento de las unidades de enlace y los comités de información de los sujetos obligados, publicados en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca el día 26 de Abril de 2014.

Lineamientos para la difusión de la información pública de oficio, publicados en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca el día 26 de Abril de 2014.

Lineamientos De Protección De Datos Personales, Publicados En La Pagina Web El Día 31 De Mayo Del 2013.

Lineamientos Que Establecen Los Principios Y Procedimientos Mediante Los Cuales Los Sujetos Obligados Podrán Llevar A Cabo El Tramite De Las Solicitudes De Los Derechos De Acceso, Rectificación, Cancelación U Oposición (Arco) De Los Datos Personales En El Estado De Oaxaca.

Lineamientos Para La Integración Y Elaboración Del Informe Anual Del Instituto Estatal De Acceso A La Información Pública De Oaxaca Al H. Congreso Del Estado De Oaxaca.

Lineamientos Para La Operación Del Sistema Electrónico De Acceso A La Información Pública (Sieaip).

Acuerdo Aprobatorio De Los Lineamientos Que Deberan Observar Los Sujetos Obligados Al Difundir La Información Pública De Oficio En Cumplimiento A La Ley De Transparencia Y Acceso A La Información Pública Del Estado De Oaxaca.Nuevo.

Acuerdo Aprobatorio De Los Lineamientos Que Deberan Observar Los Sujetos Obligados Al Difundir La Información Pública De Oficio En Cumplimiento A La Ley De Transparencia Y Acceso A La Información Pública Del Estado De Oaxaca.Derogado.

Lineamientos Para La Regulación Interna De Los Sujetos Obligados Por La Ley De Transparencia Y Acceso A La Información Pública Para El Estado De Oaxaca, En Relación Con El Establecimiento Y Operación De Sus Comités De Información Y Unidades De Enlace. Publicado En El Periódico Oficial Del Gobierno Del Estado, El 19 De Julio De 2008.

Lineamientos Que Deberán Observar Los Sujetos Obligados Por La Ley De Transparencia Y Acceso A La Información Pública Para El Estado De Oaxaca (La Ley) En Materia De Información Pública De Oficio; Páginas Electrónicas Y Acceso A La Información, Con Exclusión De Las Solicitudes De Acceso A Datos Personales Y Su Corrección. Publicado En El Periódico Oficial Del Gobierno Del Estado, El 19 De Julio De 2008. Se Abrogaron El Día 26 De Agosto De 2010.

Lineamientos Generales Para La Clasificación Y Desclasificación De La Información En Posesión De Los Sujetos Obligados Por La Ley De Transparencia Y Acceso A La Información Pública Para El Estado De Oaxaca.

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Decreto número 1263. PDF
Decreto número 1300. PDF