CONSEJO GENERAL DE Cotaipo PIDE MODIFICAR RESPUESTA A SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC

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Oaxaca de Juárez, Oax., Julio 16.- En la solicitud de información que un ciudadano le formuló al Ayuntamiento de Santo Domingo Tehuantepec, le fue requerida información relativa al número de aparatos de sonidos fijos registrados ante la autoridad municipal y horarios permitidos para que funcionen, remuneración mensual de cada uno de los regidores, síndicos, tesoreros etc., horarios y rutas de los camiones de basura que circulan, así como copias escaneadas de las actas de sesión de cabildo donde se autoriza el permiso y funcionamiento de las tiendas Oxxo y Aurrera, entre otros.

A través del Sistema Electrónico de Acceso a la Información Pública (SIEAIP) de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca, el ahora recurrente interpuso el recurso de revisión por inconformidad en la respuesta, señalando que le negaron el acceso a la información solicitada y que dicha información era incompleta, así lo manifestó el Consejo General del Órgano Colegiado.

Se determinó que la información requerida es catalogada como información pública y pública de oficio y además es propia del sujeto obligado, ya que se trata de información generada por el mismo, por tratarse de acciones realizadas en el ejercicio de sus funciones, asimismo el Consejo General de la Cotaipo advirtió que dicha solicitud fue atendida de manera deficiente en algunos cuestionamientos.

El Consejo General de la Cotaipo que preside Esteban López José, e integrado por las consejeras Gema Ramírez Ricárdez y Eréndira Fuentes Robles, consideró procedente declarar fundado el motivo de inconformidad expresado por el recurrente y en consecuencia ordenó al Ayuntamiento de Santo Domingo Tehuantepec modificar su respuesta y emitir una nueva en la que otorgue la información completa, y de no ser así indicar los motivos por los que no cuenta con ella.

Por otra parte se hizo una recomendación al Ayuntamiento a fin de que otorgue la información de manera pronta y expedita, de igual forma en las subsecuentes solicitudes de información deberá observar el principio de consentimiento respecto de la publicación de datos personales de los solicitantes conforme a la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca.

Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca.

Publicado en General

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