RESUELVE CONSEJO GENERAL DEL IAIP DOCE RECURSOS DE REVISIÓN

B_035_2016

Oaxaca de Juárez, Oax.- En sesión Pública, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca resolvió 12 Recursos de Revisión presentados por personas que ejercieron su Derecho de Acceso a la Información y que no obtuvieron respuesta de los Sujetos Obligados o bien la respuesta otorgada no fue completa. Asimismo, el Consejo General del IAIP, aprobó iniciar trabajos necesarios para una edición comentada de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca.

En el Asunto identificado con el Folio 082/2016, correspondiente a la Secretaría de Vialidad y Transporte (SEVITRA), el Consejo General del IAIP determinó válido el motivo del solicitante y ordenó al Sujeto Obligado, modificar respuesta y proporcionar información faltante sobre los  estudios realizados que dieron como resultado hacer un ajuste del 16.6 % para que la tarifa del transporte urbano en la zona metropolitana haya alcanzado los $ 7.00 pesos.

En cuanto al Recurso de Revisión 088/2016 referente a la Policía Auxiliar Bancaria, Industrial y Comercial (PABIC), el Pleno del IAIP se determinó como fundado el motivo de inconformidad del recurrente y en consecuencia, ordenó al Sujeto Obligado que proporcione de manera total y a su propia costa las copias certificadas del documento oficial del presupuesto asignado por la Secretaría de Seguridad Pública (SSPO) y documento oficial en que se concilia mensualmente los ingresos generados por el pago de servicios de seguridad y vigilancia contratados.

En la resolución al Recurso de Revisión 121/2016 y acumulados 124/2016 y 127/2016, correspondientes al Ayuntamiento de la  Villa de Etla, el Consejo General de IAIP declaró válido el motivo de inconformidad del recurrente, por lo tanto ordenó al Ayuntamiento proporcione la información requerida en los términos establecidos en las solicitudes de información con número de folio 19575, 19565 y 19562 planteadas en el Sistema Electrónico de Acceso a la Información Pública (SIEAIP), mismas que, en resumen se refieren a copias simples de contrato, informe detallado de las tomas de agua que se pagaron en 2014 en el municipio y sus agencias, copias simples de las actas de las sesiones de cabildo durante 2014, copia simple de las remuneraciones mensuales por puesto de trabajo durante 2014.

Mientras que en la resolución al Recurso de Revisión 087/2016, el pleno del IAIP Oaxaca determinó como no válido el motivo de inconformidad del solicitante, ya que el solicitante no requirió información o datos específicos, haciendo imposible atender la solicitud de forma abierta como fue planteada, con lo cual, la respuesta otorgada se encuentra investida de certeza jurídica.

Por lo que respecta al Recurso de Revisión 123/2016 y sus acumulados 123/2016 y 129/2016, se declaró válida la inconformidad del cuidadano y se ordenó al Ayuntamiento de Villa de Etla, proporcione a su propia costa la información de las solicitudes de información de folios 19551, 19558 y 19564; mismas que en resumen requieren actas de sesión de cabildo, nómina de pago de cabildo y directorio correspondientes al año 2013, así como información sobre priorización de obras e informe detallado sobre tomas de agua en el municipio.

En lo que respecta a los Recursos de Revisión 009/2016, 011/2016, 014/2016 y 017/2016; el Consejo General del IAIP determinó fundado el motivo de inconformidad en cada caso y ordenó al Sujeto Obligado a emitir respuestas a las solicitudes de información que originaron cada Recurso de Revisión en las que debe entregar documentos públicos que contienen la autorización para emplacamiento expedido por la Secretaría de Vialidad  y Transporte a nombre de diferentes ciudadanos (citados en cada solicitud), los cuales fueron calificados como aptos para obtener concesión para la prestación del servicio público de alquiler en su modalidad de taxi para la población de Huajuapan de León, Oaxaca, así como el acta de cierre de verificación de documentos publicada en el publicada en el periódico oficial del Gobierno del Estado el 24 de Agosto de 2013.

Finalmente en los Recursos de Revisión 020/2016, 023/2016 y 026/2016, el Pleno del IAIP determinó que la Secretaría de Vialidad y Transporte debe entregar copias certificadas del documento que contiene la orden de pago de la concesión de servicio público de alquiler en su modalidad de taxi para la población de Huajuapan de León expedido por dicha secretaría a nombre de distintas personas (citadas en cada solicitud de información), que contenga la fecha de expedición, así como la cantidad en moneda nacional que debe cubrirse por ese concepto.

Tras resolver los recursos de revisión, el Comisionado del IAIP, Juan Gómez Pérez, refirió que es necesario difundir los alcances y disposiciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca, por lo que propuso que el Órgano Garante impulse una publicación de la ley local que sea alimentada con comentarios de especialistas, servidores públicos dedicados a la materia, Organismos Garantes, y sociedad civil. Consideró que este ejercicio permitirá tener una visión enriquecida de la Ley, necesaria para consolidar la amplia agenda del Derecho de Acceso a la Información Pública. Mencionó que este trabajo estará a cargo, de acuerdo a sus atribuciones, de la Dirección de Capacitación, Comunicación, Investigación y Evaluación del IAIP.

Asimismo, en asuntos generales, el Comisionado Juan Gómez exhortó públicamente al Consejo General del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para que se pronuncie respecto a lo que es procedente para que los Sujetos Obligados en Oaxaca continúen atendiendo las solicitudes de información y Recursos de Revisión, debido a las fallas técnicas presentadas en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT).

Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca.

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