Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a 13 de septiembre de 2024.- Con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca y del Reglamento Interno del Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca (OGAIPO), esta tarde, el Pleno del Órgano Local de Transparencia celebró su Décima Séptima Sesión Ordinaria 2024.
Cuando el Sujeto obligado se niega a dar información o lo hace en forma incompleta, ilegible o excediera al plazo marcado por la Ley para responder, es posible presentar un recurso de revisión ante el Órgano garante local.
Este procedimiento se sigue en forma de juicio, cumpliendo con las formalidades del procedimiento: demanda, contestación, etapa probatoria, audiencia y resolución. La resolución confirma, modifica o revoca la respuesta y solicita se emita una nueva.
Durante su desahogo, este viernes en la tarde, el Consejo General del OGAIPO resolvió 48 recursos de revisión presentados por las ponencias que lo conforman, dichos recursos fueron interpuestos por ciudadanos inconformes por el incumplimiento de las instituciones públicas para dar respuesta a cuestionamientos de la sociedad.
Respecto a las resoluciones emitidas, en veinticinco se modificó la respuesta del Sujeto obligado, mientras que en dos se ordena la entrega de información, en siete proyectos se confirma la respuesta, diez recursos de revisión fueron sobreseídos y cuatro se desecharon.
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