En sesión pública de resolución, el Consejo General del Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública de Oaxaca (IEAIP) resolvió tres Recursos de Revisión interpuestos por el mismo solicitante de información en contra de los Ayuntamientos de Santa Catarina Juquila, Teotitlán de Flores Magón y San Juan Bautista Valle Nacional, y dejó claro en sus sentencias que “no hay excusa para los Ayuntamientos frente a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca, pues en la medida de sus capacidades presupuestales y técnicas deben incorporar sistemas electrónicos, de no poder por sus circunstancias particulares, deben poner a disposición pública su quehacer en formatos simples como el papel”.
Por lo que los Comisionados del órgano garante del Derecho a Saber en Oaxaca, Genaro Vásquez Colmenares y Raúl Ávila Ortiz, determinaron en la Resolución de los Recursos de Revisión, que los Ayuntamientos deberán entregar al solicitante un plazo máximo de 10 días hábiles –y a su propia costa si algún soporte donde se encuentran los datos y explicaciones pedidos es físico, como CD, DVD, o copias simples o certificadas- la información requerida.
El Comisionado Presidente del IEAIP, Genaro Vásquez, pidió a la Secretaría General agregar a las sentencias el recordatorio a los Ayuntamientos de Juquila, Teotitlán de Flores Magón y Valle Nacional, que de acuerdo a la Ley de Transparencia en Oaxaca, los 570 Municipios son Sujetos Obligados, y que de no acatar sus preceptos se harán acreedores a las sanciones de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Cabe apuntar que la información fue solicitada en los tres casos, por el Presidente del Consejo Estatal de Participación Ciudadana (Coespacio), Manuel Silva Sumano, y es exactamente la establecida en los artículos 9 y 16 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca, que debieron tener las autoridades municipales, a disposición de toda persona sin que medie solicitud alguna, a más tardar el 21 de julio de 2009, un año después de la entrada en vigor de la ordenanza en la materia.
Así que Juquila, Teotitlán y Valle Nacional tendrán que informar sobre su programa operativo anual, servicios y trámites que ofrecen, presupuesto asignado en lo general y por programa, deuda pública, resultados de las auditorías concluidas; contratos, convenios y condiciones generales de trabajo; diseño, ejecución, montos asignados y criterios de acceso a los programas de subsidio y padrones de beneficiarios de los programas sociales; concesiones, licencias, permisos o autorizaciones otorgados; mecanismos de participación ciudadana de que dispongan y por último, cualquier otra información que se considere relevante.
Además, de sus inventarios de bienes muebles e inmuebles; informes sobre la ejecución de las aportaciones federales y estatales; informes de los programas administrados por el DIF del municipio; todo lo concerniente a los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, tarifas y modalidades de contratación y pago.
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