- Juxtlahuaca debe entregar expediente de relleno sanitario; y Putla, explicaciones sobre presupuesto ejercido
El Consejo General del Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública de Oaxaca (IEAIP) resolvió tres recursos de revisión y por decisión unánime ordenó a los Ayuntamientos de Santiago Juxtlahuaca y Putla Villa de Guerrero entregar la información requerida por los solicitantes, y al Congreso del Estado, completar lo relativo a gastos por viajes de los diputados de la LX Legislatura.
Los Comisionados del IEAIP, Genaro Vásquez Colmenares (Presidente), Soledad Rojas Walls, y Raúl Ávila Ortiz, evaluaron el recurso de revisión interpuesto en contra del Congreso del Estado por un solicitante que consideró insatisfactoria la respuesta proporcionada.
Respecto a este último, durante el proceso legal el Congreso estatal comprobó haber entregado al solicitante de información sobre: Número de iniciativas de Ley presentadas durante toda la Legislatura LX, número de iniciativas aprobadas durante la misma, número de iniciativas presentadas por cada fracción parlamentaria, número de iniciativas aprobadas por fracción parlamentaria, número de iniciativas presentadas por cada diputado, número de iniciativas a cada diputad, inasistencias por diputado en toda la Legislatura LX, número de participaciones ante el pleno en uso de la tribuna por cada diputado.
Sin embargo, faltó la información solicitada (pregunta 10) sobre los gastos de cada diputado para efectuar viajes al interior y exterior del estado, por lo que el Consejo General del IEAIP sentenció al Congreso local a proporcionar tal información y así dar por resuelto en su totalidad el cuestionario del solicitante.
“Y es que la información solicitada en el punto 10, se encuentra en poder del Congreso del Estado, ya que conforme a los artículos 45 y 46 del Reglamento Interior del Congreso del Estado, las dietas, gastos y sueldos de los diputados, funcionarios y empleados del Congreso, se encuentran dentro del concepto general de pagos que realiza la tesorería de dicho Congreso, por lo que es obvio suponer que estos gastos deben de estar bien respaldados y consolidados por cuanto a que se trata de un egreso del erario público”, explica la Resolución del IEAIP.
Otro caso resuelto por el IEAIP fue el que involucró al Ayuntamiento de Santiago Juxtlahuaca, que deberá entregar a un solicitante “copia del proyecto del relleno sanitario que este Ayuntamiento está tramitando ante el Instituto Nacional de Ecología”, por tratarse de información pública de oficio, pues desde que se realiza como proyecto es integrado al presupuesto de ingresos y de egresos del municipio, así también en el ejercicio del presupuesto debe de ser reportado el gasto que tal proyecto genera al municipio respectivo, y si por alguna razón se tuvo que llevar a cabo una investigación por parte de expertos en la materia, los gastos generados por la misma deben ser reportados en los egresos del municipio, así como los expertos contratados o la razón social de la compañía encargada de la elaboración del proyecto.
El tercer Recurso de Revisión resuelto por el Pleno del IEAIP fue interpuesto por el representante del Consejo Estatal de Participación Ciudadana A.C. (Coespacio) contra el Ayuntamiento de Putla Villa de Guerrero. En esta deliberación los Comisionados ordenaron al Sujeto Obligado municipal, informar sobre los recursos asignados e invertidos por concepto de los ramos 28 y 33, los obtenidos por ingresos propios, así como todo lo relativo a los artículos 9 y 16 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca, que obligan a detallar desde el marco normativo, el directorio de servidores públicos, la remuneración mensual por puesto, hasta el inventario de bienes muebles e inmuebles y actas de sesiones de cabildo, todo ello, información pública de oficio.
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