Ley de Protección de Datos Personales de Oaxaca, tres años en vigor este 24 de agosto

La Ley de Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca cumple este miércoles 24 de agosto de 2011 tres años de vigor, garantizando los Derechos de Autodeterminación Informática; y el Derecho ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición), a los titulares de los datos sensibles que se otorgan en cada trámite que en instancias públicas se realizan.

La Ley de Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca establece en su Artículo Sexto que el término “Datos Personales” es toda la “información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a una persona física, identificada o identificable, entre otra, la relativa a su origen étnico o racial, o que esté referida a las características físicas, morales o emocionales, a su vida afectiva y familiar, domicilio, número telefónico, patrimonio, ideología y opiniones políticas, creencias o convicciones religiosas o filosóficas, los estados de salud físico o mental y las preferencias sexuales”.

Esta Ley también establece que los datos personales se dividen en Datos Personales Públicos y Datos Personales Privados. Datos Personales Públicos son “los contenidos en documentos públicos, sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas, que no tengan la clasificación de información reservada y los relativos al estado civil de las personas”.

Y los Datos Personales sensibles, “los que por su naturaleza íntima o confidencial revelan origen racial y étnico, o que estén referidos a las características físicas, morales o emocionales, a su vida afectiva y familiar, domicilio, número telefónico, patrimonio, ideología y opiniones políticas, creencias o convicciones religiosas o filosóficas, los estados de salud físico o mental y las preferencias sexuales”.

En Oaxaca, las instancias de gobierno, a las que damos nuestros Datos Personales para realizar trámites, deben integrar Sistemas de Datos Personales para resguardarlos. De acuerdo a la Ley en la materia, un Sistema de Datos Personales es un “Conjunto organizado de datos personales que están en posesión de los Sujetos Obligados, contenidos en archivos, registros, ficheros, bases o bancos de datos, cualquiera que fuere la modalidad de su creación, almacenamiento, organización o acceso.

La Protección de Datos Personales consiste en ofrecer a las personas –titulares de estos datos personales- los medios para controlar el uso ajeno de la información personal que les concierne, es decir, le otorga a cada una la garantía constitucional de Acceder, Rectificar, Cancelar u Oponerse al tratamiento de los mismos, conocido como Derecho ARCO.

En México, la Protección de Datos Personales es un Derecho Fundamental de reciente incorporación a la Constitución Mexicana,  que permitió el 6 de julio de 2010 la aprobación de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de particulares; esta Ley estableció un primer periodo de capacitación que el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos  -IFAI- realizó con las empresas; la Ley también señaló que el 6 de julio de 2011, estas empresas ya capacitadas debían enviar a sus clientes un Aviso de Privacidad; y finalmente determina que hasta el uno de enero de 2012 las personas podrán ejercer su Derecho ARCO ante las empresas privadas.

Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca.

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