La Ley de Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca cumplió este viernes 24 de agosto de 2012 cuatro años de vigor; la Protección de Datos Personales consiste en ofrecer a las personas –titulares de estos datos personales- los medios para controlar el uso ajeno de la información personal que les concierne – y que otorgan en cada trámite que realizan en instancias públicas-, es decir, les otorga la garantía constitucional de Acceder, Rectificar, Cancelar u Oponerse al tratamiento de los mismos, conocido como Derecho ARCO.
La Ley de Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca establece en su Artículo Sexto que el término “Datos Personales” es toda la “información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a una persona física, identificada o identificable, entre otra, la relativa a su origen étnico o racial, o que esté referida a las características físicas, morales o emocionales, a su vida afectiva y familiar, domicilio, número telefónico, patrimonio, ideología y opiniones políticas, creencias o convicciones religiosas o filosóficas, los estados de salud físico o mental y las preferencias sexuales”.
Esta Ley también establece que los datos personales se dividen en Datos Personales Públicos y Datos Personales Sensibles. Datos Personales Públicos son “los contenidos en documentos públicos, sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas, que no tengan la clasificación de información reservada y los relativos al estado civil de las personas”.
Y los Datos Personales Sensibles, “los que por su naturaleza íntima o confidencial revelan origen racial y étnico, o que estén referidos a las características físicas, morales o emocionales, a su vida afectiva y familiar, domicilio, número telefónico, patrimonio, ideología y opiniones políticas, creencias o convicciones religiosas o filosóficas, los estados de salud físico o mental y las preferencias sexuales”.
En Oaxaca, las instancias de gobierno, a las que damos nuestros Datos Personales para realizar trámites, deben integrar Sistemas de Datos Personales para resguardarlos. De acuerdo a la Ley en la materia, un Sistema de Datos Personales es un “Conjunto organizado de datos personales que están en posesión de los Sujetos Obligados, contenidos en archivos, registros, ficheros, bases o bancos de datos, cualquiera que fuere la modalidad de su creación, almacenamiento, organización o acceso».
IEAIP ha logrado que dependencias de gobierno resguarden debidamente
más de 21 millones de datos personales en más de 1 mil sistemas
Luego de cuatro años de labor de capacitación y asistencia técnica a servidores públicos de los tres Poderes del Estado, Órganos Autónomos y 171 Ayuntamientos, el Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública de Oaxaca (IEAIP) ha logrado que las dependencias de gobierno acaten la Ley de Protección de Datos Personales –en vigor desde el 24 de agosto de 2008- y resguarden debidamente más de 21 millones de datos sensibles que pondrían en riesgo la integridad y la seguridad de la ciudadanía que a ellas acuden para realizar una serie de trámites y obtener servicios.
Esto, desde la creación del Registro Estatal de Datos Personales –el 14 de enero 2009- que cuenta actualmente con 1 mil 172 Sistemas incorporados.
Estos 1 mil 172 Sistemas de Datos Personales inscritos por 74 instancias públicas -59 del Poder Ejecutivo, 1 del Poder Judicial, 7 Órganos Autónomos y 7 Ayuntamientos-, contienen 21 millones 855 mil 906 registros, es decir, datos sensibles que están en posesión de estas dependencias porque la ciudadanía los facilita para hacer trámites y obtener servicios.
De estos 1 mil 172 Sistemas de Datos Personales, 819 están a cargo del Poder Ejecutivo, 2 del Poder Judicial, 101 de Órganos Autónomos, y 250 de Ayuntamientos; cabe apuntar que el Poder Legislativo no ha inscrito ningún sistema que asegure el resguardo de los datos sensibles de los representantes populares, los servidores públicos, los proveedores y toda persona que tiene relación con él en el cumplimiento de sus metas.
El Derecho a la Protección de Datos Personales le concede a las personas contar con la facultad de saber quién, cuándo, cómo y para qué están siendo utilizados los datos sensibles y públicos que comparte a las instancias de gobierno en su interactuar con ellas.
La Protección de los Datos Personales en México
En México, la Protección de Datos Personales es un Derecho Fundamental de reciente incorporación a la Constitución Mexicana, que permitió el 6 de julio de 2010 la aprobación de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de particulares; esta Ley estableció un primer periodo de capacitación que el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos -IFAI- realizó con las empresas; la Ley también señaló que el 6 de julio de 2011, estas empresas ya capacitadas debían enviar a sus clientes un Aviso de Privacidad; y finalmente determina que hasta el uno de enero de 2012 las personas podrían ejercer su Derecho ARCO ante las empresas privadas.
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