INICIARÁ Cotaipo PROCEDIMIENTOS CONTRA EX AUTORIDADES MUNICIPALES

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Oaxaca de Juárez, Oax., abril 23.- El Consejo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (Cotaipo), aprobó por unanimidad de votos, requerir a los Ayuntamientos de Santa Cruz Xoxocotlán, San Pedro Pochutla, San Francisco Telixtlahuaca y San Lucas Zoquiapam, las pruebas documentales por no cumplir las resoluciones emitidas por el Órgano Garante.

En todos los casos, el Consejo General de la Cotaipo, en sesiones ordinarias del año 2013, declaró fundado el motivo de inconformidad hecho valer por los recurrentes al presentar los Recursos de Revisión y se ordenó a los Sujetos Obligados, es decir, los Ayuntamientos, entregar la información en los términos solicitados.

Ante la negativa de los Sujetos Obligados para cumplir la resolución emitida por el Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información Pública en Oaxaca, el Consejero Presidente de la Cotaipo, Esteban López José, ordenó poner a la vista del Consejo General los expedientes de los Recursos de Revisión para que dentro de sus atribuciones y con el acuerdo de sus integrantes, tomara medidas para el cumplimiento de sus resoluciones.

Tomando en cuenta el estado que guardan los expedientes de los Recursos de Revisión, existe una violación al Derecho de Acceso a la Información que asiste a los ciudadanos por parte de los Sujetos Obligados; cabe mencionar que el Consejo General de la Cotaipo es competente para conocer, investigar y resolver los recursos de revisión interpuestos por los solicitantes contra los actos y resoluciones dictadas por los sujetos obligados con relación a las solicitudes de acceso a la información, así como vigilar el cumplimiento de sus resoluciones tomando las medidas necesarias.

A efecto de que el Órgano Garante tenga elementos suficientes para determinar en contra de quien o quienes iniciar los procedimientos de responsabilidad por omisión de cumplimiento a la resolución de entrega de información contra los Ayuntamientos de Santa Cruz Xoxocotlán, San Pedro Pochutla, San Francisco Telixtlahuaca y San Lucas Zoquiapam; el Consejo General aprobó requerir por única ocasión y por un término improrrogable de diez días hábiles las pruebas documentales.

En virtud que en todos los casos, los Ayuntamientos han justificado que la responsabilidad de la omisión del cumplimiento de la resolución es de las autoridades que concluyeron su periodo en 2013, se requiere al Sujeto Obligado que entregue el acta entrega recepción realizada entre la autoridad que fungió en el trienio 2011-2013 y la actual autoridad correspondiente al trienio 2014-2016; documento que acredite haber requerido a la autoridad del trienio 2011-2013 la información que se ordenó entregar al recurrente, también se requiere que el Sujeto Obligado exhiba una certificación realizada por el Secretario Municipal en la que conste haber realizado una búsqueda en los archivos de cada una de las áreas del sujeto obligado para localizar la información.

Asimismo, el Consejo General acordó que una vez transcurrido el plazo otorgado, se facultó al Consejero Presidente de la Cotaipo para que ordene a quien corresponda hacer del conocimiento del Órgano Interno de Control del Sujeto Obligado y del Congreso del Estado de Oaxaca, el incumplimiento de la resolución emitida y se proceda a fincar responsabilidades administrativas por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca; así como la presentación de la denuncia correspondiente ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de Oaxaca por la probable comisión de ilícitos.

Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca.

Publicado en General

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