- Pleno aprueba Programa de Capacitación de la Red Nacional para una Cultura de la Transparencia y Padrón de Sujetos Obligados del Estado de Oaxaca
- Aprueba pleno Dictamen que emite la Dirección de Asuntos Jurídicos para la validación de las Tablas de aplicabilidad relativa a las obligaciones de Transparencia de los Sujetos Obligados
Oaxaca de Juárez, Oax.- En Sesión Pública, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (IAIP), resolvió 25 Recursos de Revisión interpuestos por personas que recurrieron al Órgano Garante por la falta de respuesta o inconformidad en la misma, a las solicitudes de información que presentaron a diversos Sujetos Obligados del Estado de Oaxaca.
En la resolución al Recurso de Revisión 184/2016, el Consejo General del IAIP instruyó a la Secretaría de Vialidad y Transporte (SEVITRA), la entrega de la información respecto a la cifra de concesiones vigentes y cifra de concesiones otorgadas para el transporte público de pasajeros (taxis, mototaxi, transporte urbano y suburbano, taxis y transporte foráneo) desglosada por municipios para los años 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014, 2015 y 2016, así como el número de convocatorias para entrega de concesiones y número de concesiones proyectadas a entregar para el transporte público y tipo de transporte.
La resolución al Recurso de Revisión 083/2016, el Consejo General determinó que, respecto del Sistema de Transporte Integrado, la Secretaría de Administración debe entregar el estudio integral que determinó utilizar este modelo operacional de transporte, proyecto, licitación, estudio de factibilidad, quiénes son los transportistas involucrados en el STI, cuál sería la participación y aportación del Gobierno del Estado y de los transportistas en el proyecto, así como la contemplación de nuevos inversionistas, marca, modelo y año de los vehículos.
Al resolver el Recurso de Revisión 136/2016, el Pleno del IAIP determinó que el Poder Judicial del Estado de Oaxaca negó el acceso a la información en cinco puntos de la solicitud de información, por lo que declaró válida la inconformidad del recurrente, por lo que el Sujeto Obligado debe entregar la información relativa a recomendaciones públicas de expedientes de Juicios para la Protección de los Derechos Humanos, para lo cual, debe tomar las medidas necesarias en caso de que la información contenga datos personales sensibles.
En el caso 074/2016 correspondiente al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, el Pleno del Órgano Garante consideró como no válido el motivo de inconformidad del recurrente, pues el Sujeto Obligado atendió oportunamente la solicitud de información y otorgó una respuesta investida de legalidad.
Para el Recurso de Revisión marcado con el folio 086/2016, el Consejo Estatal del Café de Oaxaca (CECAFE) debe entregar versión pública de la relación de apoyos (financieros o en especie) otorgados por el Consejo destinados para su ejecución en el municipio de Santiago Juxtlahuaca, desde el año 2009 y hasta el año 2012.
En Sesión Pública el Consejo del IAIP también determinó que la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca (SSPO), debe informar cuántas personas con acusaciones de carácter Federal y del fuero común han sido recluidas en el Penales del Estado de Oaxaca del 1 de Noviembre del 2015 al 21 de Enero del 2016, de acuerdo a lo señalado en la resolución 092/2016.
En la resolución a los casos 095/2016, 098/2016, 101/2016, 104/2016 y 107/2016 de la Secretaría de Vialidad y Transporte, el IAIP Oaxaca ordenó al Sujeto Obligado entregar copias certificadas de las órdenes de pago por las concesiones de taxi, así como las autorizaciones para el emplacamiento a nombre de quienes son aptos para brindar el servicio de taxi para la población de Huajuapan de León.
En el asunto 170/2016, el Pleno del Órgano Garante ordenó a la Secretaría de Salud y Servicios de Salud de Oaxaca (SSO), la entrega de un informe de gastos realizados para capacitar y sensibilizar en los servicios amigables para población adolescente realizado en 2015, segmentado por evento, que incluya la relación del personal capacitado y jurisdicción sanitaria al que pertenece.
El Pleno del IAIP al resolver el asunto 120/2016 determinó que el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) debe informar el estatus que guardan algunas claves presupuestales asignadas por el IEEPO al solicitante en la función de Jefe de enseñanza de Escuelas Secundarias Generales.
En el caso identificado con el folio 132/2016, el Órgano Garante instruyó a la Auditoría Superior del Estado de Oaxaca (ASE), a proporcionar informe referente a la orden de auditoría ASE/ SAF/DAFC/6147/2011 de fecha 11 de noviembre de 2011, los resultados de la misma y las acciones que se hayan realizado para la reparación del daño a la Hacienda Pública Municipal o el procedimiento para el fincamiento de responsabilidad resarcitoria.
En la XVIII Sesión Ordinaria, el Consejo General del IAIP resolvió dos Recursos de Revisión que involucraron al Ayuntamiento de San Agustín de las Juntas; en el primero de ellos, identificado con el folio 168/2016, se determinó que el Ayuntamiento debe brindar el listado de obras realizadas durante 2014 y 2015, señalando número y año de la obra, rubro, con qué fondos o recursos se realizaron, presupuesto inicial y costo final, constructoras que intervinieron, así como la fecha de inicio y término de las mismas.
Mientras que en el asunto 166/2016, el Consejo General del IAIP Oaxaca ordenó la entrega de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos correspondientes al ejercicio 2014 y 2015, el Plan de Desarrollo Municipal Vigente, las resoluciones de acuerdos aprobados en las Sesiones de Cabildo, así como el Bando de Policía y Buen Gobierno del municipio.
En el caso identificado con el folio 178/2016, correspondiente a Santa María Atzompa, el Pleno del IAIP Oaxaca consideró fundado el motivo de inconformidad del recurrente, pues el Sujeto Obligado no dio respuesta a la solicitud de información dentro del plazo establecido por la Ley de Transparencia, por lo que el Sujeto Obligado debe entregar copias certificadas de todas y cada una de las actas de las Sesiones de Cabildo, actas de priorización de obras, resultados de las auditorías y programa de obras públicas.
En el asunto 146/2016, el Pleno del Órgano Garante determinó que el Ayuntamiento de Juchitán de Zaragoza debe proporcionar información referente al origen, monto y fundamento legal de los diferentes subsidios que se otorgan en el servicio de luz en beneficio de la población del municipio de Juchitán de Zaragoza.
La resolución emitida al Recurso de Revisión 143/2016 del Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec, contempló la entrega de la información respecto a los problemas de contaminación o daños al medio ambiente que afectan al municipio, puntos geográficos que presentan contaminación, manejo que se da a residuos sólidos en el municipio, existencia de plantas de tratamiento de aguas residuales, número de rastros que operan en el municipio, número de fábricas o empresas con actividad industrial, y si el municipio cuenta con un programa de ordenamiento ecológico.
En resolución al recurso de revisión 183/2016, el IAIP Oaxaca ordenó al Ayuntamiento de Asunción Nochixtlán la entrega de la información relativa a las percepciones por cobro de servicios municipales, detallado por cada rubro, entre los que se encuentran baños públicos, cobro de puestos ambulantes, licencias de construcción, permisos de subdivisión o lotificación e infracciones al reglamento de tránsito.
Asimismo, el municipio de San Pedro Tapanatepec debe dar a conocer el nombre, cargo y remuneración mensual de cabildo y trabajadores del Ayuntamiento, en el periodo comprendido entre enero de 2013 y abril de 2016; así lo determinó el Consejo General del IAIP Oaxaca en la resolución 187/2016.
Finalmente, en los casos 142/2016, 118/2016, 172/2016 y 180/2016, correspondientes a la Secretaría General de Gobierno (SEGEGO), Fideicomiso para el Desarrollo Logístico de Oaxaca (FIDELO), Instituto de la Juventud del Estado de Oaxaca (INJEO) y Registro Público de la Propiedad y el Comercio, respectivamente; el Consejo General determinó sobreseer los recursos de revisión pues el Sujeto Obligado demostró haber proporcionado la información durante la substanciación del recurso o bien el solicitante desistió de su inconformidad.
Del total de los Proyectos de Resolución a los Recursos de Revisión atendidos en la XVIII Sesión Ordinaria del Pleno del IAIP Oaxaca, ocho fueron presentados por la ponencia del Comisionado Presidente, Francisco Javier Álvarez Figueroa; cinco correspondieron a la ponencia del Comisionado Abraham Isaac Soriano Reyes, y doce fueron presentados por la ponencia del Comisionado Juan Gómez Pérez.
En la sesión ordinaria, además de las resoluciones a los Recursos de Revisión, el Consejo General del IAIP aprobó el Programa de Capacitación de la Red Nacional para una Cultura de la Transparencia, el Padrón de Sujetos Obligados del Estado de Oaxaca en términos de la Ley General de Transparencia y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca. De igual forma se aprobó el Dictamen que emite la Dirección de Asuntos Jurídicos para la validación de las Tablas de aplicabilidad relativa a las obligaciones de Transparencia de los Sujetos Obligados.
También, a propuesta del Comisionado Abraham Isaac Soriano Reyes, se aprobó el Proyecto de Homologación de Resoluciones derivadas de los Recursos Promovidos ante los Órganos Garantes.
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