RESUELVE IAIPO 43 RECURSOS DE REVISIÓN

 

Oaxaca de Juárez, Oax.- En la Décima Cuarta Sesión Ordinaria, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (IAIPO) resolvió 43 recursos de revisión interpuestos por ciudadanos en contra de distintos sujetos obligados.

Del total de recursos de revisión atendidos por el Consejo General (43), siete fueron sobreseídos, en tres se confirma la respuesta de los sujetos obligados y en 33 se modifica la respuesta emitida por los sujetos obligados.

El Consejo General del IAIPO resolvió dos recursos de revisión en contra del Ayuntamiento de Santo Tomás Tamazulapam, en el asunto 049/2019, se ordenó realizar los ajustes respecto al costo de las copias certificadas conforme a lo establecido por la Ley General de Transparencia en relación con la Ley Federal de Derechos, así como el procedimiento de pago y entrega de la información solicitada.

Mientras que en la resolución al recurso de revisión 030/2019/SICOM, se ordenó generar el informe anual correspondiente al ejercicio 2018 sobre el estado que guarda la administración municipal y de las labores realizadas durante dicho ejercicio y, previa acreditación del pago correspondiente, debe entregar copias certificadas al recurrente.

Al resolver el recurso de revisión 0175/2019/SICOM, el Pleno del IAIPO ordenó al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) informar sobre las vacantes de supervisor escolar en 2018 y 2019 en el nivel de secundaria, modalidad Telesecundarias.

En la resolución a los recursos de revisión interpuestos en contra de los Ayuntamientos de Acatlán de Pérez Figueroa (0264/2019/SICOM), Cuilapam De Guerrero (0266/2019/SICOM), Constancia del Rosario (0268/2019/SICOM), Chahuites (0270/2019/SICOM), San Andrés Sinaxtla (0272/2019/SICOM), San Agustín Etla (0274/2019/SICOM), Salina Cruz (0276/2019/SICOM), Ixpantepec Nieves (0278/2019/SICOM), San Jerónimo Tlacochahuaya (0282/2019/SICOM), San Felipe Tejalápam (0284/2019/SICOM) y San Bartolomé Quialana (286/2019/SICOM), el Consejo General del IAIPO declaró fundado el motivo de inconformidad y ordenó a estos Ayuntamientos informar sobre el número de agentes municipales registrados y deben desglosar el dato por sexo.

En las resoluciones a los recursos de revisión que involucran a la Secretaría de Turismo (0211/2019/SICOM), Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Media Superior en el Estado de Oaxaca (0125/2019/SICOM y su acumulado RRAI 0128/2019/SICOM y 0126/2019/SICOM), Colegio de Bachilleres del Estado de Oaxaca (0186/2019/SICOM), Secretaría de Finanzas (0210/2019/SICOM) y Secretaría de las Culturas y Artes de Oaxaca (0213/2019/SICOM), el Pleno del IAIPO consideró fundados los motivos de inconformidad y ordenó a estos sujetos obligados proporcionar la información requerida relativa a la integración de su Comité de Ética y Prevención de Conflicto de Interés.

Respecto al recurso de revisión 050/2019, el Pleno del IAIPO ordenó al Ayuntamiento de San Bartolo Coyotepec proporcionar la copia certificada del expediente de la gasolinera que desde 2004 ha pretendido iniciar operaciones, en caso de que dicha información forme parte de litigio o proceso judicial debe realizar la clasificación de la información apegado a derecho y entregar acuerdo de reserva de la misma.

En el caso del recurso de revisión 0065/2019/SICOM en contra de la Secretaría de Administración, el Pleno del IAIPO ordenó a este sujeto obligados proporcionar informe del servidor público referido en la solicitud de información.

Al atender el recurso de revisión 0083/2019/SICOM en contra de la Universidad de la Sierra Juárez, el Pleno del IAIPO ordenó proporcionar copia del convenio y calendario de ejecución que contenga la descripción de metas, fecha y participantes referenciados en el oficio señalado en la solicitud de información.

En el caso del recurso de revisión 0104/2019/SICOM en contra del Ayuntamiento de Huajuapan de León, el Consejo General del IAIPO determinó que este sujeto obligado debe realizar una búsqueda exhaustiva del título universitario de la persona señalada en la solicitud de información y en caso de inexistencia de la información, deberá realizar la declaratoria correspondiente.

En la resolución al recurso de revisión 0227/2019/SICOM, el IAIPO ordenó a la Secretaría General de Gobierno proporcionar la información solicitada referente a la Comisión Intersecretarial de Ejecución Penal del Estado de Oaxaca.

Respecto al recurso de revisión 0129/2019/SICOM, el Pleno del IAIPO resolvió que Servicios de Salud  de Oaxaca (SSO) debe proporcionar la información solicitada sobre las adquisiciones realizadas en 2017 y 2018.

Al resolver los recursos de revisión en contra de los Ayuntamientos de San Andrés Huayapam (0343/2019/SICOM), Salina Cruz (0345/2019/SICOM), San Agustín de las Juntas (0347/2019/SICOM), Santo Domingo Tehuantepec (0387/2019/SICOM) y Santa María Jalapa del Marqués (0389/2019/SICOM), el Consejo General del Órgano Garante determinó que estos sujetos obligados deben proporcionar la nómina correspondiente de enero a diciembre de 2018 (dietas y salarios), el documento que acredite el pago de obligaciones fiscales de Impuesto sobre la Renta correspondiente a salarios  en 2018 y 2019 y los contratos de trabajo.

Finalmente, el Pleno del IAIPO ordenó al Ayuntamiento de Magdalena Tequisistlán entregar la información solicitada referente a las obras realizadas de 2016 a la fecha de recepción de la solicitud de información; así como, el padrón de contratistas en los años 2016, 2017 y 2018.

Los recursos de revisión en contra de Centro de las Artes de San Agustín (0142/2019/SICOM), Centro de Rehabilitación e Inclusión Infantil Teletón Oaxaca (0188/2019/SICOM), Hospital de la Niñez Oaxaqueña (0206/2019/SICOM), H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca (0209/2019), Comisión Estatal de Cultura Física y Deporte (0230/2019/SICOM), Secretaría de Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable (0236/2019/SICOM) y Gubernatura (0239/2019/SICOM)  fueron sobreseídos; mientras que en los recursos de revisión en contra del IAIPO (034/2019), H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca (040/2019) y del Instituto de Patrimonio Cultural del Estado de Oaxaca (043/2019) se confirmó la respuesta de estos sujetos obligados.

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Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca.

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