Oaxaca de Juárez, Oax.- En la Décima Tercera Sesión Ordinaria, Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de Oaxaca (IAIPO), resolvió 28 recursos de revisión presentados por la ciudadanía en contra de distintos sujetos obligados.
De los recursos de revisión atendidos, en 22 asuntos el Consejo General del IAIPO revocó o modificó la respuesta emitida por los sujetos obligados, mientras que cinco fueron desechados o sobreseídos y en uno se confirmó la respuesta del sujeto obligado.
En esta sesión ordinaria, el Pleno del IAIPO resolvió cuatro recursos de revisión que involucraron al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO); en el recurso de revisión 0038/2019/SICOM el IAIPO ordenó realizar una búsqueda exhaustiva de la información relativa a los centros de trabajo a los que ha estado asignado el profesor señalado en la solicitud, en el supuesto de inexistencia de información se debe realizar la declaratoria correspondiente.
En la resolución al recurso de revisión 0041/2019/SICOM, el pleno del IAIPO ordenó al IEEPO realizar una búsqueda exhaustiva de la información sobre las licencias que ha tenido el profesor señalado en la solicitud de información y el pago recibido durante el goce de estas.
En el asunto 0068/2019/SICOM, se ordenó al IEEPO hacer entrega de la plantilla laboral docente de los trabajadores que estén laborando en las escuelas secundarias técnicas, federales y telesecundarias del Municipio de Tlaxiaco.
Asimismo, en la resolución al recurso de revisión 130/2019/SICOM, respecto al caso señalado relativo a la detección de drogas en una escuela secundaria, IEEPO deberá informar si cuenta o no con protocolos para estos casos, informar si existe o no coordinación con las autoridades señaladas y precisar si se ha emitido una medida cautelar al respecto.
Al resolver los recursos de revisión 0176/2019/SICOM y 0224/20196/SICOM que involucran a la Comisión Estatal para la Planeación y Programación de la Educación Media Superior (CEPPEMS) y al Consejo Estatal para la Prevención y Control del SIDA (COESIDA) respectivamente, el Consejo General del IAIPO ordenó la entrega de la copia del nombramiento del cargo que ocupa el titular de estas dependencias.
En el caso del recurso de revisión 0179/2019/SICOM, el Consejo General del IAIPO ordenó al Ayuntamiento de San Pedro Mixtepec proporcionar la nómina del periodo comprendido de enero a febrero de 2019 en formato de datos abiertos, que incluya los siguientes datos: nombre, fecha de ingreso, cargo, área de adscripción, sueldo bruto y neto y prestaciones.
En las resoluciones a los recursos de revisión 0103/2019/SICOM y 0151/2019/SICOM en contra del Ayuntamiento de Huajuapan de León y de la Secretaría de Administración, el Consejo General del IAIPO ordenó realizar la declaratoria de inexistencia de la información solicitada confirmada por su Comité de Transparencia.
El Consejo General del IAIPO resolvió tres recursos de revisión del Congreso del Estado de Oaxaca. En el asunto 0118/2019/SICOM se ordenó proporcionar los nombres de los servidores públicos con los que cuenta y debe entregar el nombramiento de los servidores públicos que cuenten con él, debe proporcionar también fecha de inicio de labores.
En el caso del recurso de revisión 0165/2019/SICOM, el IAIPO resolvió que el Congreso del Estado de Oaxaca debe proporcionar la información curricular de los integrantes de la Unidad de Transparencia, así como los documentos con que acrediten su preparación manifestada en las currículas.
En la resolución al recurso de revisión 0189/2019/SICOM, el Pleno del Órgano garante ordenó al Congreso del Estado hacer entrega de las versiones públicas de los documentos que acrediten el último grado de estudios manifestado en los documentos curriculares de los Directores y en su caso las cédulas profesionales correspondientes.
Al analizar el recurso de revisión 0192/2019/SICOM, el Pleno del IAIPO ordenó a la Junta de Conciliación Agraria realizar una adecuada clasificación del Convenio definitivo que definió la línea de colindancia entre las comunidades de San Miguel el Grande y San Pedro Molinos, mediante la aplicación correcta de la prueba de daño
En la resolución a los recursos de revisión de los Ayuntamientos de Asunción Cuyotepeji (0269/2019/SICOM), San Andrés Tepetlapa (0271/2019/SICOM), San Andrés Huayapam (0273/2019/SICOM), San Agustín de las Juntas (0275/2019/SICOM), San Juan Bautista Suchitepec (0279/2019/SICOM), San José Lachiguiri (0281/2019/SICOM), San Jerónimo Coatlán (0283/2019/SICOM), San Cristóbal Amoltepec (0285/2019/SICOM) y San Bartolo Yautepec (0287/2019/SICOM), el Consejo General del IAIPO ordenó proporcionar el número de agentes municipales y de policía registrados en el municipio, desglosados por sexo.
Los recursos de revisión en contra del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (RRAI 032/2019/SICOM), Universidad de la Costa (RRAI 122/2019/SICOM), Universidad de la Sierra Sur (RRAI 134/2019/SICOM), Casa de la Cultura Oaxaqueña (RRAI 0154/2019/SICOM) y del Ayuntamiento de Santa María Huatulco (RRAI 0169/2019/SICOM) fueron declarados sobreseídos. Mientras que en el recurso 0204/2019/SICOM del Instituto del Patrimonio Cultural del Estado de Oaxaca, el Pleno del IAIPO confirmó la respuesta del sujeto obligado.
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