Oaxaca de Juárez, Oax. En atención a las medidas sanitarias por la contingencia de salud por el COVID-19, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (IAIPO) realizó la VI Sesión Ordinaria a través de videoconferencia.
En esta sesión ordinaria se resolvieron 14 recursos de revisión, de los cuales cinco fueron sobreseídos, en dos se confirmó la respuesta del sujeto obligado y en siete se modificó la respuesta de los sujetos obligados a las solicitudes de información.
Al resolver el recurso de revisión R.R.A.I./119/2019, el Consejo General del IAIPO ordenó al Ayuntamiento de Miahuatlán de Porfirio Díaz proporcionar en formato digital, los montos de los contratos de las obras realizadas de 2016 a 2019; así como el ejercicio de los recursos percibidos por participaciones federales y por ingresos propios durante el periodo Agosto 2018- Agosto 2019.
En el caso del recurso de revisión R.R.A.I./0131/2019, el pleno del IAIPO ordenó al H. Ayuntamiento de Santa Ana Miahuatlán elaborar una Declaratoria de Inexistencia de información en la que fundamente y motive las razones por la que no documentó por escrito los informes anuales correspondientes a los años 2014 a 2018.
Respecto al recurso de revisión R.R.A.I./0669/2019/SICOM, el Consejo General del IAIPO ordenó al Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca (TSJ) realizar una búsqueda exhaustiva en todas las áreas que puedan poseer el contrato colectivo de trabajo que haya celebrado con el Sindicato de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado e Instituciones Descentralizadas de Carácter Estatal y lo proporcione al recurrente.
En el caso del recurso de revisión R.R.A.I./0675/2019/SICOM, que involucra al Instituto Estatal de Educación Pública del Estado de Oaxaca (IEEPO), el IAIPO ordenó realizar una correcta clasificación de la información mediante la adecuada aplicación de la prueba de daño y elaborar la versión pública correspondiente de la denuncia presentada en contra de los servidores públicos que se mencionan en la solicitud de información.
En la resolución al recurso de revisión R.R.A.I./0681/2019/SICOM, el Consejo General del IAIPO ordenó a la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca (UABJO) proporcionar las versiones públicas de los talones de pago de cinco años a la fecha de presentación de la solicitud y las declaraciones patrimoniales de la persona señalada en la solicitud de información, testando los datos personales que contengan dichos documentos.
En el caso del recurso de revisión R.R.A.I./0024/2020/SICOM, la resolución del IAIPO fue que el H. Ayuntamiento de Santa María de Huatulco deberá realizar una búsqueda exhaustiva en sus archivos del documento a través del cual el H. Congreso del Estado haya erigido el Municipio y hacer entrega del mismo, en caso de no localizarlo debe realizar una Declaratoria de Inexistencia de Información.
Respecto al recurso de revisión R.R.A.I./00124/2020/SICOM, el Consejo General del IAIPO requirió a la Secretaría de Finanzas que haga entrega del programa anual de adquisiciones y la clasificación por objeto de gasto 2019 y 2020 del Consejo Estatal para la Prevención y Control del SIDA (COESIDA), o en su defecto fundamente y motive su incompetencia o alguna causa de excepción a la entrega de la información.
En los recursos de revisión presentados en contra de Gubernatura (R.R.A.I./0709/2019/SICOM) y Secretaria del Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable (R.R.A.I./0711/2019/SICOM) fue confirmada la respuesta de estos sujetos obligados a las solicitudes de información.
Mientras que los recursos de revisión en contra de Hospital de la Niñez Oaxaqueña (R.R.A.I./0671/2019/SICOM), Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado Oaxaca (R.R.A.I./129/2019), Comisión Estatal del Agua (R.R.A.I./0490/2019/SICOM y R.R.A.I./0506/2019/SICOM) y de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Oaxaca (R.R.A.I./0514/2019/SICOM) fueron sobreseídos.
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