Oaxaca de Juárez, Oax.- En la Décimo Cuarta Sesión Ordinaria, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (IAIP) resolvió 39 recursos de revisión en materia de acceso a la información y uno en materia de protección de datos personales.
De los recursos atendidos por el Consejo General, nueve fueron presentados por la ponencia del comisionado Fernando Rodolfo Gómez Cuevas y 31 por la ponencia de la comisionada presidenta María Antonieta Velásquez Chagoya. Respecto al sentido de la resolución de los recursos de revisión, 14 fueron sobreseídos, en siete se confirmó la respuesta, en 17 se revocó o modificó la respuesta del sujeto obligado y en dos se requirió la entrega de la información de manera total.
En la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.164/2020, el Consejo General revocó la respuesta de la Secretaría de Finanzas y le ordenó realizar la búsqueda exhaustiva del “Año fueron aprobados y etiquetados los recursos que fueron destinados para la licitación pública número EA-920037993-N1-2016 relativa a la adquisición de uniformes escolares” y entregarla al solicitante.
En esta sesión ordinaria, el Consejo General del IAIP resolvió dos recursos de revisión en contra del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) en los que se ordenó proporcionar la información. Respecto al recurso de revisión R.R.A.I. 168/2020, el IAIP ordenó al IEEPO entregar copia de los oficios mediante los cuales requirió a la Secretaría de Finanzas los recursos relacionados con las CLC´s señaladas derivados de la licitación pública para la adquisición de uniformes escolares.
Referente al recurso de revisión R.R.A.I.069/2021, el IAIP ordenó al IEEPO proporcionar de manera electrónica el oficio que se envió a la Secretaría de Finanzas donde le adjuntaron el Programa Operativo Anual del 2020 y 2021, con sus respectivos programas.
Al resolver el recurso de revisión R.R.A.I 0487/2020/SICOM, el IAIP revocó la respuesta de la Secretaría General de Gobierno (SEGEGO) y le ordenó realizar una búsqueda exhaustiva de la información solicitada respecto al personal contratado por honorarios.
En el caso de la resolución al recurso de revisión R.R.A.I 0503/2020/SICOM, los comisionados del IAIP ordenaron a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO) proporcionar información referente a los mecanismos que se han proveído a las instituciones policiales y de procuración de justicia para que desarrollen métodos de recopilación y sistematización de información con el fin de aplicar las estrategias necesarias para hacer eficaz la investigación preventiva.
En la resolución al recurso de revisión R.R.A.I 0445/2020/SICOM, el IAIP ordena al H. Ayuntamiento de San Pedro Mixtepec, proporcionar la declaración patrimonial del Presidente Constitucional de este municipio C. Fredy Gil Pineda Gopar.
En esta sesión ordinaria, el Consejo General del IAIP resolvió dos recursos de revisión en contra del Ayuntamiento de Santa María Huatulco en los que se ordenó la entrega de la información; en la resolución al asunto R.R.A.I. 0097/2021/SICOM se ordenó a esta ayuntamiento realizar una búsqueda exhaustiva del inventario de los equipos semafóricos instalados en el municipio incluyendo lámparas, postes, cajas de control, controladores y demás elementos; mientras que en la resolución al asunto R.R.A.I. 0105/2021/SICOM, el IAIP ordenó realizar la búsqueda exhaustiva de la información referente a gastos para la adquisición, renovación, operación y mantenimiento de la red semafórica del municipio.
También se resolvieron dos recursos de revisión en contra de la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca (UABJO), en la resolución al recurso de revisión R.R.A.I. 0069/2021/SICOM se ordenó proporcionar la información solicitada respecto de las estrategias implementadas en materia de salud ante la pandemia de Covid-19; mientras que en la resolución al recurso de revisión R.R.A.I. 0071/2021/SICOM, se ordenó informar respecto a las estrategias implementadas con motivo de la pandemia por Covid-19, recursos erogados, ahorros y recursos no ejercidos en 2020 por esta situación.
Respecto al recurso de revisión R.R.A.I. 0085/2021/SICOM, el Consejo General del IAIP ordenó a la Comisión Estatal de Vivienda (CEVI) debe proporcionar información relativa al Programa de Fortalecimiento a la Vivienda y al Subprograma de construcción de calentadores solares y equipamiento de estufas ecológicas en Santa Cruz Xoxocotlán.
En la resolución al recurso de revisión R.R.A.I. 0089/2021/SICOM, el IAIP ordenó al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) proporcionar en formato PDF los oficios señalados en la solicitud de información.
Al resolver el recurso de revisión R.R.A.I. 0143/2020/SICOM, el IAIP ordenó a Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca realizar una búsqueda exhaustiva de la información referente a solicitud de apoyo para que los servidores públicos donen de manera voluntaria parte de sus ingresos para el personal médico que atiende Covid-19.
En el caso de la resolución al recurso de revisión R.R.A.I. 0145/2021/SICOM, el IAIP ordenó a la Universidad Tecnológica de la Mixteca (UTM) que recabe el consentimiento del titular de la información a efecto de ser proporcionada, y en caso de no obtener dicho consentimiento, o que se encuentre materialmente impedido para recabarlo, deberá realizar la clasificación de la información como confidencial confirmada por su Comité de Transparencia.
Respecto a la resolución al asunto R.R.A.I. 0171/2021/SICOM, el Consejo General del IAIP determinó que el H. Ayuntamiento de Matías Romero Avendaño debe proporcionar el documento referente al Plan de Desarrollo Municipal de la Administración actual y debe realizar una búsqueda exhaustiva del histórico de planes de desarrollo y convenios en materia de desarrollo municipal.
En la resolución al expediente R.R.A.I. 0242/2020/SICOM, el IAIP modificó la respuesta de Secretaría Ejecutiva del Sistema Local de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y le ordena informar respecto de las actividades para erradicar el trabajo infantil.
En el caso del expediente R.R.A.I.019/2021, el IAIP ordenó al H. Ayuntamiento de Santa Lucía del Camino proporcionar de manera electrónica el acta de priorización de obras del ejercicio 2020.
Respecto al recurso de revisión R.R.A.I. 0043/2021/SICOM, el IAIP ordenó al H. Ayuntamiento de Cuilápam de Guerrero proporcionar de manera electrónica la nómina completa de todo personal que recibió un sueldo en Ayuntamiento en todas las modalidades de contratación durante 2019 detallando el nombre, apellido, función, puesto o cargo así como la percepción bruta quincenal.
En la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0147/2021/SICOM, el IAIP ordenó a la Universidad del Istmo entregar de manera electrónica las actas del Consejo Universitario de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2020 y enero y febrero de 2021.
Los recursos de revisión en contra de Tribunal Superior de Justicia del Estado (R.R.A.I 0435/2020/SICOM), Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (R.R.A.I 0407/2020/SICOM), Secretaría del Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable (R.R.A.I 0507/2020/SICOM), Corporación Oaxaqueña de Radio y Televisión (R.R.A.I. 0057/2021/SICOM), Servicios de Salud de Oaxaca (R.R.A.I. 0077/2021/SICOM, R.R.A.I. 0079/2021/SICOM, R.R.A.I. 0123/2021/SICOM, R.R.D.P.0003/2021/SICOM y R.R.A.I.0143/2021/SICOM), H. Ayuntamiento de San Juan Cacahuatepec (R.R.A.I.077/2021), H. Ayuntamiento de San Mateo Yoloxochitlán (R.R.A.I.091/2020), Dirección General de Notarías y Archivo General de Notarías (R.R.A.I.0101/2020/SICOM y su acumulado 0115/2020/SICOM, R.R.A.I.0107/2020/SICOM y R.R.A.I.0114/2020/SICOM) fueron sobreseídos.
En la resolución a los recursos de revisión en contra de Gubernatura (R.R.A.I 0429/2020/SICOM), H. Ayuntamiento de Santa María Huatulco (R.R.A.I. 0067/2021/SICOM), Instituto de Capacitación y Productividad para el Trabajo del Estado de Oaxaca (R.R.A.I. 0314/2020/SICOM), Partido Revolucionario Institucional (R.R.A.I. 0422/2020/SICOM), Tribunal Superior de Justicia del Estado (R.R.A.I. 073/2021), Secretaría de las Culturas y Artes de Oaxaca (R.R.A.I.0117/2020/SICOM y R.R.A.I.0135/2020/SICOM), fue confirmada la respuesta de estos sujetos obligados.
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