Oaxaca de Juárez, Oaxaca, 29 de septiembre de 2022.- El Pleno del Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca (OGAIPO) efectuó la Décimo Octava Sesión Ordinaria 2022.
El Consejo General del OGAIPO resolvió recursos de revisión interpuestos ante la respuesta obtenida o falta de la misma, de solicitudes de información realizadas a Sujetos obligados del ámbito estatal. Fueron analizados un total de cincuenta y tres recursos en materia de acceso a la información; respecto a las resoluciones emitidas por el Órgano Garante Local, en treinta y uno se modificó la respuesta del Sujeto obligado, en cuatro proyectos se confirma la respuesta, trece recursos de revisión fueron sobreseídos y cinco se desecharon.
De los recursos de revisión atendidos, diez presentó la ponencia de la comisionada Claudia Ivette Soto Pineda, catorce por la ponencia de la comisionada María Tanivet Ramos Reyes, seis fueron de la ponencia de la comisionada Xóchitl Elizabeth Méndez Sánchez, dieciséis de la ponencia del comisionado Josué Solana Salmorán y siete presentados por la ponencia del comisionado presidente José Luis Echeverría Morales.
En cuanto a los recursos de revisión de la ponencia de la comisionada Claudia Ivette Soto Pineda, el recurso de revisión R.R.A.I. 0425/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec modificar respuesta para que realice búsqueda exhaustiva relativa a los gastos de viáticos y representación de los servidores públicos y persona en mención en la solicitud de información. En cuanto al recurso R.R.A.I. 0440/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Salina Cruz modificar su respuesta a efecto de que lleve a cabo una búsqueda exhaustiva de la información sobre incidencia delictiva o reportes de incidentes, eventos para el periodo 2010 al 31 de diciembre de 2021, asimismo, entregar coordenadas geográficas en bases de datos que corresponden al periodo de enero a marzo de 2022, en versión pública en caso que las mismas den cuenta de domicilios particulares. En relación al recurso de revisión R.R.A.I. 0455/2022/SICOM, se ordenó a la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura modificar la respuesta, turnar la solicitud de información de nueva cuenta, relativa a qué asociaciones gremiales agropecuarias han sido beneficiarias con recursos públicos de 2018 a la fecha de la solicitud. Sobre el proyecto R.R.A.I. 0460/2022/SICOM, se ordenó al Instituto de Cultura Física y Deporte de Oaxaca que entregue la lista de la plantilla de jugadores(as) que participaron en la etapa macro regional de los Juegos Nacionales CONADE de los deportes de conjunto señalados en la solicitud primigenia y la lista de las y los entrenadores, solo en caso, que no reciban ningún beneficio que provenga de recursos públicos, el ente recurrido deberá clasificar la información en la modalidad de confidencial. Acerca del expediente R.R.A.I. 0625/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Matías Romero Avendaño a que realice la entrega de la información relativa a la ley de ingresos del municipio. Relativo al recurso R.R.A.I. 0645/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de El Barrio de La Soledad que realice la entrega de la información relativa a incidencia delictiva o reporte de incidentes, eventos del 01 de enero de 2010 a la fecha de la presentación de la solicitud. Tocante al asunto R.R.A.I. 0680/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Matías Romero Avendaño que realice la entrega de la información relativa a las actas de sesión extraordinaria de fecha 28 de abril de 2022, en copias certificadas.
En cuanto a la resolución del recurso de revisión presentado por la ponencia de la comisionada María Tanivet Ramos Reyes; en el proyecto R.R.A.I./0298/2022/SICOM, se ordenó al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca modificar la respuesta a efectos que remita las direcciones electrónicas completas o bien la forma de acceder a la información requerida relativa a copia de oficios por los que el Ayuntamiento de Putla Villa de Guerrero se desprende de las partidas presupuestales o ramos y su denominación de 2021 y 2022; así como en los que se reflejen los gastos reportados en 2019, 2020 y 2021. Asimismo, a que su Comité de Transparencia se pronuncie respecto de la incompetencia, relativo a los oficios que contengan nombres, sueldos de diversas autoridades del municipio. Relativo al recurso de revisión R.R.A.I./0388/2022/SICOM, en relación con información relativa a autos y numeralia de investigaciones por hechos de corrupción, se ordenó a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca modificar su respuesta, a efectos de que, lleve a cabo la búsqueda exhaustiva de los autos requeridos. En relación con la información estadística requerida, llevar a cabo la búsqueda exhaustiva de la información y proporcionarla junto con la información localizada en la Coordinación de Sistemas, Informática y Estadísticas, su Comité de Transparencia declare formalmente la inexistencia de la información requerida en los puntos especificados y entregar versiones públicas de las determinaciones de los no ejercicios de la acción penal decretados del 2015 al 2021 y las determinaciones versión pública de los de criterios de oportunidad decretados del 2015 al 2021. Mientras que en el recurso de revisión R.R.A.I./0413/2022/SICOM, se revocó la respuesta del H. Ayuntamiento de Tlacolula de Matamoros y se le ordena que haga entrega de la información relacionada a actas de sesión de cabildo en la modalidad solicitada. Sobre el expediente R.R.A.I./0433/2022/SICOM, se revocó la respuesta de la Comisión Estatal del Agua y se le ordena a que haga entrega de la información relativa al programa «Modernización del Sector Agua y Saneamiento de Oaxaca, en la modalidad solicitada. En lo que respecta al recurso R.R.A.I./0543/2022/SICOM, se ordenó a los Servicios de Salud de Oaxaca modificar su respuesta a efectos que realice búsqueda exhaustiva y proporcione el nombramiento del servidor público indicado. En el proyecto R.R.A.I./0583/2022/SICOM, se modificó la respuesta del H. Ayuntamiento de Santa Lucía del Camino a efectos de que indique claramente dónde se encuentra publicada la información requerida, relativa a obras priorizadas, plan municipal de desarrollo, sueldos y salarios, así como diversos documentos relativos al ejercicio público, o bien la proporcione por medios electrónicos. En el asunto R.R.A.I./0588/2022/SICOM, se ordenó a la Secretaría de Administración a modificar la respuesta a efectos de que se pronuncie y dé respuesta a las preguntas de solicitud de información, relativas a la condición de proveedora de la Constructora KANEFE.
Respecto a las resoluciones de los recursos de revisión presentados por la ponencia de la comisionada Xóchitl Elizabeth Méndez Sánchez, en el expediente R.R.A.I./0052/2022/SICOM, se ordenó a la Universidad de la Sierra Juárez que realice búsqueda de la información, respecto al programa de capacitación para docentes del 2021, que incluya tema, objetivo, fecha tentativa, horas programadas, docentes a quienes se les impartirá, número de docentes que se pretende capacitar y área de adscripción. Además, comprobantes y evidencias de cursos de capacitación a docentes del 1 de enero al 30 de noviembre de 2021, que incluya tema, objetivo, fecha tentativa, horas programadas, docentes a quienes se les impartirá, número de docentes que se pretende capacitar y área de adscripción. En el asunto R.R.A.I./0262/2022/SICOM, se ordenó al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca modificar su respuesta y proporcione la información referente a la propuesta técnica presentada por la empresa Cajas Graf S.A de C.V., en la licitación pública número IEEPCO-CAAS-LP-05/2021. Conforme al recurso de revisión R.R.A.I. /0372/2022/SICOM, se ordenó a la Secretaría General de Gobierno modificar su respuesta y proporcione la lista de asistencia en versión pública de la mesa de diálogo entre integrantes de la Secretaría, autoridades municipales del Ayuntamiento de Putla de Villa de Guerrero y autoridades comunitarias de la agencia de San Andrés Chicahuaxtla llevada a cabo el 22 de marzo de 2022.
Acerca de los recursos de revisión de la ponencia del comisionado Josué Solana Salmorán; en la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0219/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez modifique su respuesta e indique si existe registro que haya existido el Instituto Municipal de la Juventud en las administraciones pasadas, si en su bando de policía y gobierno, se menciona o se expresan, requisitos de edad como limitantes para ser titular del Instituto Municipal de la Juventud. En el caso de existir alguno, se solicita, Bando de policía y gobierno de dicha administración donde se localiza ese requisito y de no existir dichas regulaciones se exprese e informe de manera clara. En el proyecto R.R.A.I./0679/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Villa de Zaachila entregue la información solicitada referente a la nómina o remuneración de todos los trabajadores de confianza y base adscritos al Ayuntamiento. Relativo al recurso R.R.A.I./0454/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Pedro Pochutla modificar su respuesta, respecto a la información reportada en 2019, 2020 y 2021, realice búsqueda exhaustiva a fin de precisar si cuenta o no con las coordenadas geográficas de los hechos reportados. En cuanto a la información reportada en el año 2022 deberá declarar la inexistencia de la información relativa a las coordenadas geográficas de los hechos reportados, mediante acuerdo de su Comité de Transparencia. Para resolver el proyecto R.R.A.I.0214/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez modifique su respuesta e indique si existe registro que haya existido el Instituto Municipal de la Juventud en las administraciones pasadas, si en su bando de policía y gobierno, se menciona o se expresan requisitos de edad como limitantes para ser titular del Instituto Municipal de la Juventud. En el caso de existir alguno, se solicita, Bando de policía y gobierno de dicha admón. donde se localiza ese requisito y de no existir dichas regulaciones se exprese e informe de manera clara. Tocante al recurso R.R.A.I./0439/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán modificar su respuesta respecto a la información reportada del año 2022, realice búsqueda exhaustiva sobre información relativa a coordenadas geográficas de los hechos presuntamente constitutivos de delitos y se sobresee parcialmente el recurso de revisión, respecto de 2010 a 2021, debido a que una vez admitido el recurso se actualizó un causal de sobreseimiento, en este caso el sujeto obligado modificó el acto reclamado de tal manera que deja sin materia el presente procedimiento. Sobre el asunto R.R.A.I.0214/2020/SICOM, se ordenó a la Coordinación General de Educación Media Superior y Superior, Ciencia y Tecnología modificar su respuesta y proporcione el reglamento interno de la institución vigente y señale el total de alumnos que se encuentran en la institución. En la resolución al recurso R.R.A.I.0379/2022/SICOM, se ordenó a los Servicios de Salud de Oaxaca modifique su respuesta, y se aboque a la búsqueda de todos los talones de pago del 2021 de la enfermera mencionada, que funge como Director de Hospital Estatal, a través de versión pública en la que protejan datos confidenciales. En el recurso R.R.A.I.0344/2022/SICOM, se ordenó a los Servicios de Salud de Oaxaca modifique su respuesta y respecto de cada una de las personas solicitadas, notificar si hubo reingreso al Hospital General Dr. Aurelio Valdivieso (área de adscripción), estatus laboral, fecha de ingreso al gobierno federal como regularizados, último grado de estudios anexando copia escaneada de documentos oficiales que comprueben la veracidad y fiabilidad de las mismas. Conforme al recurso R.R.A.I.0659/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Villa de Zaachila modifique su respuesta, para realizar una búsqueda exhaustiva, a fin de entregar la información solicitada, correspondiente al Presupuesto de Egresos del municipio para el ejercicio fiscal 2022. Para resolver el recurso R.R.A.I.0299/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez modifique respuesta y realice búsqueda exhaustiva para contestar sobre el Método o lineamientos para definir presupuesto asignado a las Agencias Municipales o de Policía y de qué manera se hacen llegar los recursos. Referente al expediente R.R.A.I.114/2021, se ordenó al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca modifique su respuesta, a efecto de que remita copia simple de informes específicos de auditoría por situación excepcional número OA/SFCPM/SEM/009/2020, OA/SFCPM/SEM/008/2020, OA/SFCPM/SEM/010/2020 y OA/SFCPM/SEM/012/2020, realizadas a los municipios de San Juan Mazatlán, Santiago Laollaga, San Francisco del Mar y Santiago Xanica, respectivamente, las cuales contienen información pública de las documentales solicitadas.
En cuanto a los recursos de revisión presentados por la ponencia del comisionado presidente José Luis Echeverría Morales; en el recurso de revisión R.R.A.I. 0496/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez modificar su respuesta y declare formalmente la inexistencia de la información a través de Declaratoria de inexistencia, confirmada por su Comité de Transparencia. En lo que respecta al proyecto R.R.A.I. 0551/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Tlacolula de Matamoros modificar su respuesta y proporcione la información relativa a copia digitalizada de la Sesión de Cabildo en la que se nombraron a las o los titulares de la Secretaria Municipal, la Tesorería, la Contraloría Interna, la Alcaldía, Responsable de Obra Pública y copia digitalizada de los nombramientos de las o los Directores de Administración, Contabilidad, Jurídico, Desarrollo Económico y Comercio, Agropecuario, Bienes Municipales, Educación y DIF municipal. Para resolver el recurso R.R.A.I. 0556/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Tlacolula de Matamoros modificar su respuesta y proporcione de manera electrónica, los programas operativos de todas sus áreas administrativas que conforman la administración pública municipal, incluyendo las metas y objetivos, todas las licencias y/o permisos incluidos los refrendos que haya emitido la Dirección de Desarrollo Económico y Comercio del 1 de enero a la fecha, todas las licencias de construcción emitidas por la Dirección de Obras Públicas del 1 de enero a la fecha, todos los contratos de arrendamiento que ha suscrito la administración pública municipal a través de su representante legal (Síndico) y/o el representante de la administración pública municipal (Presidente Municipal).
De los recursos analizados, el Pleno del OGAIPO, confirmó la respuesta en los recursos de revisión en contra del Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca (R.R.A.I./0542/2022/SICOM) y del H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez (R.R.A.I.0279/2022/SICOM, R.R.A.I.0284/2022/SICOM, R.R.A.I.0289/2022/SICOM).
Respecto a los recursos de revisión en contra del H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez (R.R.A.I. 0210/2021/SICOM, R.R.A.I./0593/2022/SICOM), de la Secretaría de Movilidad (R.R.A.I. 0430/2022/SICOM), del H. Ayuntamiento de Tlacolula de Matamoros (R.R.A.I. 0450/2022/SICOM), de la Dirección del Registro Civil (R.R.A.I./0428/2022/SICOM), del H. Ayuntamiento de Tlacolula de Matamoros (R.R.A.I./0498/2022/SICOM), del H. Ayuntamiento de la Heroica Ciudad de Huajuapan de León (R.R.A.I./0568/2022/SICOM), del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (R.R.A.I./0578/2022/SICOM, R.R.A.I. 0506/2022/SICOM) éste último recurso con voto a favor con consideraciones por parte de la Comisionada María Tanivet Ramos Reyes, de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (R.R.A.I./0127/2022/SICOM), de la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental (R.R.A.I.408/2021/SICOM, R.R.A.I. 0511/2022/SICOM) y del Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca (R.R.A.I. 0521/2022/SICOM) fueron sobreseídos.
Mientras que los recursos en contra de la Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior en el Estado de Oaxaca (R.R.A.I./0673/2022/SICOM), del H. Ayuntamiento de Villa de Zaachila (R.R.A.I./0658/2022/SICOM), de la Secretaría General de Gobierno (R.R.A.I.0717/2022/SICOM), del Patronato de Ayuda para la Reinserción Social (R.R.A.I.0684/2022/SICOM) y de la Secretaría de Movilidad (R.R.A.I. 0666/2022/SICOM) fueron desechados.
En esta sesión ordinaria, mediante el acuerdo OGAIPO/CG/84/2022, se aprobaron cinco dictámenes de cumplimiento sobre el procedimiento del Programa Anual de Verificación al Cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia 2022: Instituto Oaxaqueño de Atención al Migrante, Partido Unidad Popular, Partido Movimiento Ciudadano, Secretaría de las Mujeres de Oaxaca y Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca.
A través del acuerdo OGAIPO/CG/085/2022, se aprobaron siete dictámenes de incumplimiento sobre el procedimiento del Programa Anual de Verificación al Cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia 2022, con término de 20 días para solventar observaciones: Partido Revolucionario Institucional, Partido del Trabajo, Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca, Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, Universidad Tecnológica de los Valles Centrales de Oaxaca y Consejería Jurídica del Gobierno del Estado. Con término de cinco días para solventar observaciones: Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.
Con el acuerdo OGAIPO/CG/086/2022, se aprobó la resolución de cinco denuncias por Incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia, declarándolas como fundadas, y estableciendo un plazo de quince días para dar cumplimiento a la resolución a los siguientes sujetos obligados: H. Ayuntamiento de Tlacolula de Matamoros (3 denuncias), H. Ayuntamiento de Salina Cruz y H. Ayuntamiento de Santa Lucía del Camino. Mientras que con el acuerdo OGAIPO/CG/087/2022, se aprueba la resolución de tres denuncias por Incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia al H. Congreso del Estado de Oaxaca, declarándolas como infundadas.
Con el acuerdo OGAIPO/CG/088/2022, se aprobó la entrega de Reconocimientos de Prácticas de Transparencia Proactiva 2022 a diversos Sujetos Obligados del Estado de Oaxaca. Finalmente, con el acuerdo OGAIPO/CG/089/2022, se aprobó la autorización al Comisionado Presidente para emitir voto institucional en la Segunda Sesión Ordinaria del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (SNT) del 2022.
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