El IEAIP no aplica la sanción, la solicita al superior jerárquico de Zaachila, que es el Congreso: Genaro Vásquez Colmenares
Ante las versiones que han circulado en el sentido de que el Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública de Oaxaca (IEAIP), se “extralimitó al sancionar al Municipio de la Villa de Zaachila”, es preciso aclarar que como se expresa en el auto de fecha 16 de junio de 2009, que en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca, el órgano garante del Derecho de Acceso a la Información, dio vista al Superior Jerárquico de tal Ayuntamiento, que es el Congreso del Estado, señaló enfático, Genaro Vásquez Colmenares.
El Comisionado Presidente del IEAIP, abundó que es la LX Legislatura de Oaxaca la que puede aplicar las sanciones correspondientes a una falta grave, que está fuera de duda, cometida por el Sujeto Obligado –el Ayuntamiento de la Villa de Zaachila-.
En tal situación, es importante mencionar que la sanción propuesta por el IEAIP, corresponde a la falta grave, y es la destitución de la autoridad municipal, titular del Sujeto Obligado, tal como lo marca la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios de Oaxaca, lo que está muy lejos de significar que el IEAIP aplicó dicha sanción, continuó Vásquez Colmenares.
“El Congreso de Oaxaca tiene plena facultad para proceder en el caso de acuerdo a la Ley, sin perder de vista la existencia de la falta grave que dio lugar al Acuerdo para Sancionar al Sujeto Obligado en mención, pronunciado y aprobado por el Pleno del Consejo General del IEAIP el 16 de junio”, concluyó Genaro Vásquez Colmenares.
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