La Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca (UABJO) deberá completar la información requerida por un solicitante, sobre las denuncias que ha interpuesto como institución en los años 2009 y 2010, se determinó este martes en sesión pública de resolución del Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública de Oaxaca (IEAIP).
Y es que la UABJO certificó con acta de entrega-recepción, no contar con tal información correspondiente al periodo 2005- 2008, y respondió al solicitante de información con un cuadro que contiene las de 2009 y 2010 por año, la infraestructura institucional dañada, y el delito denunciado, pero no la fecha exacta ni cuántas ni cuáles denuncias fueron interpuestas ante la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) y ante la Procuraduría General de la República (PGR), como lo requirió el solicitante.
Así que, los Comisionados del IEAIP, Genaro Vásquez Colmenares, Soledad Rojas Walls y Raúl Ávila Ortiz, instruyeron a la UABJO entregar tales datos en un plazo máximo de 10 días hábiles, y a su propia costa si los soportes de la información requieren copias simples para entregar al recurrente.
No así ante la petición de que se hicieran públicos los números de averiguaciones previas, ni el estado de las investigaciones, pues son datos considerados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca como información reservada en tanto se llevan a cabo las diligencias, ya que de exponerse públicamente causarían un daño al interés público.
En la misma sesión pública de resolución, el Consejo General del IEAIP también ordenó al Instituto Estatal de Educación para los Adultos (IEEA), entregar a una solicitante los datos y explicaciones requeridos sobre los programas de alfabetización “Margarita Maza de Juárez” y “Yo sí puedo”.
Por lo que en 10 días hábiles deberá detallar a la recurrente: diseño, ejecución, presupuesto asignado y ejercido por el programa de alfabetización “Margarita Maza de Juárez” 2006-2010 –que incluye al de “Yo sí puedo”; las metas alcanzadas; personal contratado como asesores, técnicos, promotores e instructores para tales fines; sueldo mensual u honorarios por personal contratado; copia de los recibos o pólizas de cheques donde aparezcan los montos pagados; copia de los contratos de personal; fecha de contratación, así como fecha y motivo de despido de todo el personal.
En este caso, los Comisionados del IEAIP explicaron que la nacionalidad cubana de los profesionistas contratados como instructores para el programa “Yo sí puedo” no es impedimento para que el IEEA entregue la información, pues fueron contratados y pagados por un servicio público a través de un Sujeto Obligado; y que la copia de la póliza que ampara el cheque de ningún modo atenta al secreto bancario y en cambio sí es información pública de oficio.
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